Preguntas frecuentes sobre el proceso de inmigración
Por Gricel Bermudez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 1 de mayo de 2025
En este artículo
- ¿Qué debo hacer si quiero vivir en los Estados Unidos y tengo familiares allí?
- ¿Qué debo hacer si tengo una oferta de trabajo y quiero emigrar a los Estados Unidos?
- ¿Cómo puedo obtener el estatus de refugiado en los Estados Unidos?
- ¿Cómo pido asilo en Estados Unidos?
- ¿Qué es un puerto de entrada?
- ¿Qué hago si necesito extender mi estadía como turista en los Estados Unidos?
- ¿Puede un abogado de inmigración acelerar mi caso?
- ¿Necesito un abogado para completar mi formulario de inmigración?
- ¿Debo revelar todos mis antecedentes penales en mi solicitud de inmigración?
- ¿Qué es una petición para reabrir un caso?
- ¿Puedo reabrir un caso con el fin de permanecer en los Estados Unidos?
- ¿Puedo presentar una petición para reabrir mi caso si estoy fuera de los Estados Unidos?
A continuación, encontrará respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el proceso de inmigración a los Estados Unidos.
¿Qué debo hacer si quiero vivir en los Estados Unidos y tengo familiares allí?
Si quiere vivir en los Estados Unidos y tiene familiares que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, ellos pueden patrocinarle su solicitud de visa de inmigrante para que pueda residir y trabajar legalmente en los EE. UU.
Se puede calificar para la residencia permanente (“green card”) a través de la reunificación familiar en los casos siguientes:
- Familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense que incluyen a los progenitores, cónyuges e hijos mayores de 21 años.
- Cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes.
- Hermanos de ciudadanos estadounidenses.
Deberá presentar el formulario I-130 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services, USCIS, por sus siglas en inglés) con los documentos necesarios. Si USCIS aprueba la solicitud, su caso se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC) para su procesamiento.
Un abogado de inmigración le puede ayudar durante el proceso y confirmar que su solicitud incluya la información y documentación pertinente para evitar demoras. El abogado también puede guiarle para que verifique el estatus de su caso y sugerir alternativas si su solicitud es rechazada.
¿Qué debo hacer si tengo una oferta de trabajo y quiero emigrar a los Estados Unidos?
Si tiene una oferta de trabajo y quiere emigrar a los EE. UU., el empleador estadounidense deberá actuar como su patrocinador para que pueda vivir y trabajar en los Estados Unidos.
Los pasos para obtener la tarjeta verde por motivos laborales incluyen:
- USCIS debe aprobar la petición de inmigración que presente el empleador en su nombre.
- El empleador estadounidense debe preparar en su nombre la solicitud de certificación laboral (ETA 750) de la Administración de Empleo y Capacitación del Departamento de Trabajo.
- El Departamento de Estado debe otorgarle un número de visa de inmigrante.
- Si ya se encuentra en los EE. UU., debe solicitar el ajuste de estatus a residente permanente de acuerdo con la disponibilidad de visas para su categoría.
¿Cómo puedo obtener el estatus de refugiado en los Estados Unidos?
Para obtener el estatus de refugiado en los Estados Unidos, deberá cumplir ciertos criterios de elegibilidad, tales como, ser víctima de persecución debido a su raza, país de origen, religión, pertenecer a un determinado grupo social, o por su opinión política. El beneficio de refugiado se solicita fuera de los EE. UU.
El proceso y los pasos para la solicitud de refugio (en inglés) involucran a varias organizaciones:
- El primer paso es registrarse con la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).
- La ACNUR revisará su caso para determinar si califica.
- Si solicitó refugio en los EE. UU., su caso será recibido por el Programa de Reubicación de los Estados Unidos (USRAP).
- Si su solicitud es aprobada, la Oficina de Reasentamiento para Refugiados (RSC), se encargará de procesar la petición.
- USCIS tomará la decisión final sobre la aprobación, rechazo o poner el caso en estatus de espera (“on hold”).
¿Cómo pido asilo en Estados Unidos?
Puede pedir asilo en EE. UU. si ya se encuentra en los Estados Unidos, o está ingresando al país.
Al igual que el estatus de refugiado, los solicitantes de asilo deben demostrar que son perseguidos por su raza, origen nacional, religión, pertenencia a un grupo social, o por su opinión política.
- Si está entrando al país deberá solicitarlo en un puerto de entrada (aeropuerto, puerto marítimo, o paso fronterizo).
- Si ya lleva un tiempo en el país, debe enviar su solicitud de asilo (formulario I-589) a una oficina local de USCIS.
La petición de asilo debe ser presentada dentro de los primeros 12 meses a partir de su última entrada a los EE. UU. Una persona puede solicitar asilo independientemente de su estatus migratorio (indocumentado o legal).
Existen casos especiales en donde es posible solicitar el asilo después de los 12 meses establecidos por la ley. Por ejemplo, si existe una situación extraordinaria que lo incapacite para presentar su solicitud dentro del plazo establecido.
¿Qué es un puerto de entrada?
Un puerto de entrada es una estación legal en tierra, aire o agua por la cual una persona ingresa a los Estados Unidos.
En los EE. UU. existen más de 300 puertos de entrada, donde los oficiales de inmigración inspeccionan a las personas que entran al país y autorizan su ingreso. Al momento de su entrada, recibirá el formulario I-94 (registro de entrada y salida), que indica la duración permitida para su estadía en el país.
¿Qué hago si necesito extender mi estadía como turista en los Estados Unidos?
Si desea extender su estadía como turista en los EE. UU., indicada en el Formulario I-94, comuníquese con USCIS, o visite el portal en línea para descargar el formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus (en inglés).
La decisión de otorgar o rechazar la extensión depende de USCIS.
¿Puede un abogado de inmigración acelerar mi caso?
No. Un abogado de inmigración no puede “acelerar” su caso. El abogado no puede alterar las leyes, ni manipular los procesos de inmigración de los Estados Unidos.
Sin embargo, gestionar un trámite migratorio o llevar a cabo el proceso de solicitud de visa de inmigrante con la ayuda de un abogado tiene muchas ventajas. Los abogados están al tanto de las últimas leyes de inmigración y poseen las mejores estrategias para ayudarle con su caso de inmigración.
Si usted no tiene tiempo o la experiencia para poder lidiar con el sistema de inmigración de los EE. UU., le conviene contratar los servicios de un abogado de inmigración.
¿Necesito un abogado para completar mi formulario de inmigración?
No necesita un abogado para completar su formulario de inmigración. El gobierno de Estados Unidos no obliga a contratar a un abogado, ni a un “consultor de inmigración” para resolver los trámites. El sistema de inmigración de los EE. UU. está diseñado para que el solicitante pueda gestionar todos los pasos por cuenta propia.
Si busca ayuda sobre asuntos de inmigración con alguien que no sea abogado podría afectar negativamente su caso.
Tenga cuidado con agencias o individuos que ofrezcan tramitarle su solicitud “libre de riesgos”, le prometen que obtendrá su visa en tiempo récord, o le garantizan una autorización de empleo sin necesidad de presentar la documentación necesaria. Lo más probable es que se trate de casos de fraude o estafa.
¿Debo revelar todos mis antecedentes penales en mi solicitud de inmigración?
Sí, debe revelar todos sus antecedentes penales, incluyendo arrestos, condenas y delitos, incluso si no recibió condenas o arrestos.
Aunque usted piense que fueron delitos menores, algunas faltas podrían impedir que reciba los beneficios de inmigración. Lo mejor es revelar todos sus antecedentes penales.
¿Qué es una petición para reabrir un caso?
La petición para reabrir un caso se usa cuando a una persona que se encuentra en los Estados Unidos se le niega la ciudadanía, visa u otro beneficio para permanecer en el país y se le ordena que abandone los EE. UU.
Una vez que se emite la orden de repatriación, la persona tiene 90 días para presentar una petición para reabrir su caso. Esta solicitud le permite incorporar nuevas pruebas a su favor.
La petición o moción para reabrir un caso debe señalar hechos nuevos y apoyarse de evidencia documental. No puede simplemente reenviar evidencia que ya presentó o apoyarse en hechos que ya contó.
El solicitante deberá presentar el formulario I-290B (en inglés), disponible en la página web de USCIS.
¿Puedo reabrir un caso con el fin de permanecer en los Estados Unidos?
Sí, puede reabrir su caso y tener la oportunidad de incorporar nuevas pruebas; pero debe tener en mente que la petición para reabrirlo con el fin de permanecer en EE. UU. no necesariamente evitará la deportación. USCIS puede decidir llevar a cabo la deportación durante el tiempo de procesamiento de su moción.
¿Puedo presentar una petición para reabrir mi caso si estoy fuera de los Estados Unidos?
Sí, puede presentar la petición para reabrir su caso si está fuera de los Estados Unidos. Cuenta con un plazo de 90 días después del vencimiento de su orden de repatriación.
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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en inmigración puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.
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