Amparos migratorios en procesos de deportación
Por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 15 de abril de 2026
Cuando durante un proceso de deportación un juez de inmigración decide que un extranjero debe ser removido de Estados Unidos y emite una orden final de remoción, todavía existen varias opciones para evitar la deportación. El amparo migratorio es uno de ellos. ¿En qué consiste?
Qué es un amparo migratorio en EE. UU.
Un amparo migratorio en EE. UU. consiste en un recurso legal que puede ser utilizado por personas extranjeras con orden de deportación para evitar la repatriación migratoria desde los Estados Unidos.
Existen varios tipos de amparos, cada uno con criterios específicos y requisitos para respaldar su solicitud.
¿Cuáles son los tipos de amparo?
Existen dos tipos o categorías generales de amparo:
- amparo discrecional
- amparo administrativo o judicial
A continuación, le resumimos los tipos de amparo que puede solicitar un extranjero en caso de recibir una orden de deportación, para ambas categorías.
Amparo discrecional
El amparo discrecional puede ser solicitado mientras los procedimientos de deportación están en curso. El extranjero debe probar que califica para obtener amparo bajo la ley de migración y que merece que dicho amparo le sea otorgado de forma discrecional.
Las autoridades migratorias evalúan caso por caso. Todos los factores serán evaluados antes de la adjudicación del amparo por un juez de inmigración.
Los jueces de inmigración y el USCIS pueden rechazar solicitudes si el peticionario no cumple con los requisitos establecidos por la ley. Una condena por un delito grave también puede servir como motivo para la denegación de la solicitud. Entre los amparos migratorios discrecionales se encuentran:
Suspensión de la deportación
Un juez de inmigración o el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puede conceder una suspensión de la deportación que detiene temporalmente la repatriación o expulsión de un inmigrante por varias razones como apelaciones pendientes, razones humanitarias, posibilidad de tortura en su país de origen o emergencias médicas.
El DHS, a través de las autoridades migratorias del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés), evalúa la admisibilidad o inadmisibilidad de una persona para una suspensión de deportación. ICE puede pedirle evidencia o documentación para respaldar esta solicitud.
Si no presenta la solicitud y los documentos requeridos, esto puede resultar en la denegación de la solicitud de suspensión de deportación. En este documento de ICE (en inglés) puede encontrar información detallada sobre la solicitud de suspensión de deportación o expulsión.
Cancelación de la deportación
La cancelación de deportación es una forma de indulto en la que el juez de inmigración permite que una persona permanezca en los EE. UU. como residente permanente legal (LPR). Este tipo de alivio se presenta de dos formas. El primero está disponible para los residentes permanentes legales que permanecieron en los EE. UU. durante al menos siete años y se quedaron sujetos a remoción. El segundo está disponible para los inmigrantes indocumentados que permanezcan en los EE. UU. durante al menos diez años.
Para los inmigrantes indocumentados, además del requisito de 10 años, también deben demostrar que:
- han sido personas de buen carácter moral durante su permanencia en EE. UU.;
- la deportación ocasionaría una dificultad extrema e inusual a los miembros de su familia que viven en los Estados Unidos.
Entre las razones por las cuales ciertas personas migrantes no obtienen una suspensión o cancelación de deportación se encuentran:
- participar en la persecución de otras personas
- representar una amenaza a la seguridad de EE. UU.
- haber sido condenado por un delito grave
Asilo
Bajo el derecho migratorio estadounidense, los ciudadanos extranjeros en los EE. UU. tienen derecho a solicitar asilo si demuestran un temor fundado de persecución. El proceso para solicitar asilo conlleva una serie de pasos que incluye presentar el Formulario I-589 (en inglés) dentro de un año contado desde su llegada a Estados Unidos.
En el caso de una persona con un proceso de remoción abierto, la solicitud de asilo defensivo se hace ante un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés), de la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés).
Todos los solicitantes de asilo deben entrar en la definición de “refugiado” bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Esto significa que la persona no puede o no quiere retornar a su país debido a persecución, o temor bien fundado de ser perseguido por su raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social particular u opinión política.
Los solicitantes de asilo exitosos pueden vivir legalmente en los EE. UU. y podrían obtener un camino hacia la residencia permanente o la ciudadanía estadounidense. También pueden solicitar a su cónyuge e hijos que se reúnan con ellos en los Estados Unidos. Mientras su proceso está en curso, pueden obtener un permiso de trabajo.
Retención de la deportación (Withholding-Only Hearings)
Otra forma de alivio es la retención de la deportación. En este caso, la persona debe demostrar que se enfrentará a un enjuiciamiento en su país de origen. El juez de inmigración lleva a cabo la audiencia para determinar si hay suficiente evidencia para respaldar el caso y retener la deportación.
A diferencia del asilo, la retención de la deportación solo ofrece protección temporal. No proporciona un camino hacia el estatus migratorio de residente permanente. Al igual que con recursos similares, el extranjero no calificará para la retención de la remoción si ha sido condenado por un delito grave.
Ajuste de estatus
El ajuste de estatus se da cuando un ciudadano extranjero puede solicitar el estatus de residente permanente legal o tarjeta verde mientras está presente en los Estados Unidos. Esto significa que pueden convertirse en residente permanente sin regresar a su país de origen para tramitar su visa.
La petición de ajuste de estatus generalmente es hecha por el cónyuge, familiar o empleador del extranjero. Si el extranjero ha cometido un delito, no se ha presentado a juicio o no ha salido del país después de habérsele otorgado la salida voluntaria, puede que no califique para el ajuste de estatus.
Visas “T” o “U” para víctimas de abuso
Las víctimas de trata de personas, violencia doméstica o violación que cooperan con los cuerpos de seguridad estadounidenses en la investigación del delito, podrían optar por visas “T” y “U”.
Es importante señalar que la ley de inmigración es amplia y puede ofrecer múltiples vías para detener una repatriación. Cada caso es único. Si enfrenta un proceso de remoción, es crucial contar con el respaldo de un abogado con experiencia en casos de deportación que revise sus opciones para obtener mejores resultados.
Salida voluntaria
La salida voluntaria a menudo se considera un alivio de último recurso. Permite a una persona salir de los EE. UU. sin una orden de deportación formal con las consecuencias legales que conlleva. Un no ciudadano al que se le permite elegir la salida voluntaria admite la expulsión, pero no tiene un impedimento para solicitar admisión en el futuro.
Si una persona no sale dentro del tiempo otorgado, recibirá una multa y una prohibición de 10 años para varias formas de alivio de la deportación.
Amparo judicial y administrativo
Las formas de amparo administrativo y judicial son aquellas que se aplican después de que las audiencias de deportación han terminado. Estas formas de amparo buscan revocar o impugnar una orden emitida por un juez de migración.
Apelaciones administrativas y amparo judicial
Cuando un extranjero o el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) no están de acuerdo con la decisión de un juez de inmigración, pueden apelar a la BIA para que se revoque la decisión.
La BIA es un cuerpo administrativo que tiene autoridad para interpretar las leyes federales de inmigración. Las apelaciones deben ser presentadas a la BIA dentro de los treinta días siguientes a la decisión del juez de inmigración.
Las Cortes Federales de Apelaciones están autorizadas a emitir fallos en ciertas apelaciones de decisiones de la BIA. Si un extranjero está en desacuerdo con la sentencia de la BIA, quizás pueda apelar ante los tribunales federales.
Las personas migrantes que desean apelar tienen treinta días desde la fecha de una decisión final de deportación para presentar su solicitud. El proceso de presentación de una petición de revisión judicial es muy complejo y lo más recomendable es consultar con un abogado de inmigración calificado. Busque uno en nuestro directorio.
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