Inmigración

¿Cómo traer a mi esposa o esposo a los Estados Unidos?

Actualizado por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 28 de mayo de 2025

Traer a su esposa o esposo a los Estados Unidos es posible presentando una solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) por reunificación familiar. El proceso varía en función de su estatus migratorio y del lugar donde su cónyuge se encuentra (si está dentro o fuera de EE. UU.)

Las leyes de inmigración estadounidenses favorecen que los familiares directos de un ciudadano o de un residente permanente legal puedan solicitar una visa de inmigrante, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad basados en el parentesco y el estatus migratorio del peticionario.

Según el Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés), un ciudadano extranjero puede ser elegible para una visa de inmigrante si es patrocinado por un familiar inmediato de 21 años o más que sea ciudadano estadounidense, o tenga la residencia permanente legal (porta una tarjeta verde o “green card”).

Tanto los ciudadanos como los residentes permanentes legales pueden pedir a sus cónyuges, aunque ciertos aspectos varían. La principal diferencia radica en la categoría preferencial a la que calificará el esposo o esposa según el estatus migratorio del cónyuge.

En la ley de inmigración de Estados Unidos, el término “cónyuge” hace referencia a una persona con quien se está en una relación marital legalmente reconocida y legítima. ¿Qué requisitos debe cumplir? ¿Qué documentación necesita? A continuación, se lo explicamos.

¿Cuáles son los requisitos para pedir a mi cónyuge si soy ciudadano estadounidense?

Los requisitos para pedir a su cónyuge si es un ciudadano estadounidense incluyen la presentación de varios formularios ante los servicios de inmigración de EE. UU. y documentación extensa, que dependerá de su caso particular. A continuación algunos de los requisitos principales:

  • El cónyuge beneficiario de la petición no debe tener un veto para ajuste de estatus, ni ser considerado inadmisible en los Estados Unidos (por ejemplo, no debe tener antecedentes penales graves o violaciones a la ley de inmigración).
  • Presentar ante el USCIS el Formulario I-130 (Petición de Familiar Extranjero).
  • Presentar el Formulario I-864 (Declaración Jurada de Apoyo Financiero). Como patrocinador, debe demostrar que puede mantener económicamente a su cónyuge con declaraciones de impuestos y constancias de trabajo.
  • Examen médico para el cónyuge beneficiario.

Entre los documentos necesarios, se encuentran:

  • Prueba de ciudadanía estadounidense, como pasaporte, certificado de naturalización o acta de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de divorcio o actas de defunción de cónyuges anteriores, de ser necesario.
  • Pasaporte válido y vigente de su cónyuge.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge.
  • Cualquier documentación o evidencia que demuestre el vínculo matrimonial, como cuentas bancarias conjuntas, contratos de alquiler o hipoteca a nombre de ambos, pólizas de seguro con el cónyuge como beneficiario, etc.

Los requisitos para pedir a su esposa o esposo si es residente permanente (titular de Green Card) en Estados Unidos son los mismos que los de un ciudadano americano. Sin embargo, en el caso de residentes permanentes, deberá presentar como prueba de su estatus una copia de ambos lados de su tarjeta de residente permanente (Green Card).

Además, en el caso de los residentes, el proceso puede tomar más tiempo, pues los cónyuges ocupan la segunda preferencia (F2A) para la asignación de visas y dependerá de los límites anuales en el número de visas disponibles.

¿Cuánto tiempo se tarda en aprobar la petición de esposo o esposa?

El tiempo de procesamiento y aprobación de una petición de esposo o esposa depende de la categoría preferencial asignada. Estos son algunos tiempos de espera aproximados:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses: entre 13.5 y 15 meses.
  • Cónyuges de residentes permanentes: aproximadamente, entre 33 y 37 meses.

Para conocer los tiempos de espera actualizados para cada categoría, puede consultar el Boletín de Visas (en inglés) publicado mensualmente por el Departamento de Estado.

Tenga en cuenta que el tiempo puede aumentar según la complejidad de su caso. Un error en la documentación presentada también puede provocar retrasos. Para evitar contratiempos y retrasos, lo más recomendable es contar con la asesoría de un abogado de inmigración.

Descripción general del proceso de inmigración de los cónyuges

El proceso de inmigración de los cónyuges consta de tres pasos:

Primer paso: completar la petición de familiar extranjero.

  • Debe completar y enviar el formulario I-130 (en inglés) pagando la tasa de presentación correspondiente.
  • Si el solicitante es ciudadano estadounidense, el cónyuge no será colocado en lista de espera. La ley de inmigración de los Estados Unidos otorga una consideración especial a los familiares directos de ciudadanos americanos. El Departamento de Estado de Estados Unidos le permitirá a su cónyuge solicitar una visa de inmigrante tan pronto como el USCIS apruebe la petición mediante el formulario I-130.
  • Si el peticionario tiene estatus de residente permanente legal, su cónyuge será colocado en una lista de espera para recibir un número de visa de inmigrante. Como adelantamos en el punto anterior, debido a la gran cantidad de solicitantes y otros aspectos, los tiempos de espera son a menudo de dos años o más.

Si su cónyuge está en suelo estadounidense pero entró de forma ilegal o cometió algún otro delito migratorio, posiblemente deba irse de los Estados Unidos para no acumular pruebas en contra de su elegibilidad y descalificarlo para recibir un número de visa de inmigrante.

Segundo paso: solicitud de visa de inmigrante y tramitación consular.

  • Si su cónyuge se encuentra fuera de Estados Unidos cuando se apruebe la petición y esté disponible un número de visa de inmigrante (en caso de ser necesario), se le notificará al cónyuge extranjero que se dirija a la embajada o consulado de EE. UU. para completar el proceso.

Tercer paso: ajuste de estatus.

  • Si su cónyuge se encuentra legalmente en los Estados Unidos cuando se apruebe la petición de visa y está disponible un número de visa de inmigrante (en el caso de ser necesario), puede usar el formulario I-485 de Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que se encuentren legalmente en los Estados Unidos pueden presentar su petición mediante el formulario I-130 y el formulario I-485 para ajustar su estatus a residente legal permanente al mismo tiempo.

¿Puede mi cónyuge venir a vivir a Estados Unidos mientras su petición de visa está pendiente?

Sí, si usted es ciudadano estadounidense. Una vez que presente el formulario I-130, su cónyuge califica para solicitar una visa K-3 en la embajada o consulado de EE. UU. más cercano. Este documento le permite venir a los Estados Unidos a vivir y a trabajar, mientras la petición de visa esté pendiente.

En caso de ser residente permanente, su cónyuge no puede venir a los Estados Unidos a vivir ni a trabajar mientras su petición de visa esté en proceso.

Consideraciones importantes para cónyuges con residencia condicional

Si la pareja ha estado casada por menos de dos años al momento de aprobarse la residencia permanente, el cónyuge recibirá una tarjeta de residente permanente condicional. Tanto usted como su cónyuge deben presentar una solicitud conjunta mediante el formulario I-751 (en inglés) para remover las condiciones. Su finalidad es demostrar que el matrimonio es de buena fe.

Es importante hacer notar que para eliminar el estatus condicional, la solicitud debe presentarse en un plazo de 90 días antes de la fecha de vencimiento, que figura en la tarjeta de residente permanente condicional de su cónyuge.

Si no presenta la solicitud en este plazo, la condición de residente legal de su cónyuge finalizará y puede enfrentar la deportación.

Le recomendamos leer:

Encuentre un abogado destacado en Inmigración cerca de usted

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en inmigración puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.

Videos de inmigración

Nuestros expertos legales

Lilian Soto-Wiechert, CP Editora de contenido legal
Jonathan Calvopina, MBA Editor senior de contenido legal
Mariana Petersen, LLB Editora de contenido legal

En Abogado.com, sabemos que los asuntos legales pueden ser estresantes y confusos. Estamos comprometidos a entregarle información legal confiable de manera fácil de entender. Nuestras páginas están escritas por escritores legales y son revisadas por expertos legales. Nos esforzamos por presentar información de manera neutra e imparcial, de modo que usted pueda tomar decisiones informadas basadas en sus circunstancias legales.