Para que un empleado extranjero viva y trabaje permanentemente en los EE. UU. el empleador lo puede apoyar si recurre al proceso de solicitud de trabajador inmigrante.
Si la posición no puede ser asumida por un ciudadano estadounidense, un empleador puede ayudar a su prospecto extranjero para que:
En esta era global y competitiva es común que los empleadores estén a la caza del mejor talento para sus empresas; y a veces se ven obligados a reclutar empleados no solo el ámbito local, si no también internacional.
Pero, existen requisitos específicos sobre el tipo de empleados extranjeros que pueden acceder a este procedimiento de inmigración. Este proceso implica enviar una petición al Servicio de Naturalización y Ciudadanía de los EE. UU. (USCIS por sus siglas en inglés).
Las habilidades y preparación profesional del empleado extranjero le deben permitir entrar en alguna de las categorías de visas para trabajadores permanentes. De lo contrario no podría ser elegible para obtener la tarjeta verde con base en su empleo.
Si alguno de sus posibles empleados extranjeros tiene las siguientes características, usted los puede ayudar a inmigrar:
Si el candidato extranjero al empleo califica en alguna de las categorías anteriores, entonces el empleador debe obtener una certificación laboral. Este documento se pide al Departamento de Trabajo de los EE. UU. (DOL, por sus siglas en ingles). De acuerdo con el tipo de categoría donde se ubique al trabajador extranjero, es posible que no necesite esta certificación.
DOL debe certificar en ese documento que el empleador (patrocinador) no logró encontrar trabajadores estadounidenses que pudieran efectuar ese empleo. Allí, también debe comprobar la experiencia laboral del candidato y sus credenciales profesionales.
Si la certificación es aprobada por DOL, o en su caso no es requerida, el empleador debe presentar el formulario I-140. Esta es la petición para un trabajador extranjero, la cual se envía a USCIS. Si se trata de un inmigrante especial, debe presentar el formulario I-360 (Petición para un Amerasian, Viudo(a), o Inmigrante Especial).
Una vez que la solicitud es aprobada, el empleador debe esperar hasta que le otorguen al empleado un número de visa de inmigrante. De este proceso se encarga el Departamento de Estado de los EE. UU.
Este número le asigna al empleado extranjero una cita o turno de prioridad, según este orden será evaluado su caso para obtener la residencia legal permanente. Aunque el solicitante esté dentro o fuera de los EE. UU., en ambos casos va a recibir un número.
Los períodos de espera para las visas de inmigrante varían según muchos factores. Por ejemplo, el país o región al que pertenezca el empleado, y el volumen de personas que solicitan la tarjeta verde dentro del mismo tipo de categoría de visa.
Después de recibir un número de visa de inmigrante, el empleado extrankero tiene derecho a una visa de inmigrante para entrar y trabajar en los EE. UU.
Si el empleado ya se encuentra en los EE. UU., entonces debe presentar la solicitud para ajustar su estatus al de residente legal permanente.
Si aún no está en los EE. UU., entonces deberá completar el proceso ante la oficina del consulado o embajada de los Estados Unidos en su país de origen.
En este punto, el cónyuge del empleado extranjero y los hijos no casados menores de 21 años, pueden entrar en la petición también.
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