Planificación patrimonial

¿Cuándo debo empezar mi plan patrimonial?

Por Mairim Gomez | Revisado por Joseph Fawbush, Esq. | Última actualización 27 de agosto de 2023

La gente puede posponer la creación de un plan de sucesión por muchas razones: “Soy muy joven”, “no lo necesito”, “puedo hacerlo más adelante”, “no tengo mucho dinero”, “tengo un solo hijo así que no habrá contiendas”, “es caro”, “es mucho trabajo”, “no tengo ganas ni tiempo”, “no quiero pensar en la muerte”. ¿Le ha pasado?

Definitivamente, preparar algo que se ejecutará como consecuencia de nuestro fallecimiento no es lo más agradable. Además, puede ser que no vea los beneficios de su propio plan patrimonial. Sin embargo, piense que esto no solo lo hace por sus herederos; usted podría beneficiarle directamente si da instrucciones de atención médica en caso de sufrir una enfermedad o lesión.

¿Para qué me sirve?

La planificación patrimonial puede traer importantes beneficios, independientemente de su edad, la cantidad o valor de sus bienes. Los planes patrimoniales proveen seguridad para usted y su familia en caso de muerte o incapacidad. Además, le permiten tener poder de decisión aun cuando no esté en condiciones, como por ejemplo:

  • dar indicaciones para su cuidado de salud
  • nombrar un guardián para sus hijos o un administrador de sus bienes.

Además, existen otros beneficios dependiendo de su patrimonio y los tipos de documentos que prepare. Por ejemplo:

  • ahorrar en gastos sucesorios
  • reducir ciertas obligaciones impositivas
  • acelerar el proceso de distribución de su herencia a sus seres queridos
  • planear una jubilación segura

¿Qué debería incluir?

Existen documentos legales y cláusulas clave a la hora de elaborar toda planificación de hacienda.

  • Un poder de representación (duradero). Usted nombrará a una persona para que tome decisiones si se encuentra incapacitado para hacerlo. Estas decisiones pueden incluir temas financieros, no solo de salud. Se recomienda que también incluya a un apoderado contingente (una persona que sea su segunda elección para tomar estas decisiones).
  • Un poder de cuidado de salud. Es un documento legal que designa a un apoderado específica y solamente para cuidados de salud. Esto le permitirá tener a alguien de su confianza tomando decisiones por usted si no se encuentra en condiciones de hacerlo por su salud mental o física. También debería tener a otra persona designada como segunda opción en caso de que la primera persona designada no pudiera ocuparse en ese momento.
  • Testamento/fideicomiso. Estos documentos aseguran que su propiedad sea distribuida según sus deseos. Muchas personas prefieren los fideicomisos en vida revocables (living trust en inglés) a los testamentos porque pueden evadir el proceso de sucesión (y sus costos) y no tienen que ser legalizados como los testamentos. Sin embargo, es aconsejable tener un testamento aun si tiene un fideicomiso. Las directivas testamentarias le permitirán indicar la distribución de activos que no incluyera en un fideicomiso. El mejor plan patrimonial para usted depende de sus circunstancias y objetivos, por lo que es una buena idea ponerse en contacto con un abogado con experiencia en planificación patrimonial para analizar su situación.
  • Nombramiento de tutor legal de un menor de edad. Muchos testamentos y fideicomisos tienen una cláusula al respecto, pero no todos. Es importantísimo decidir quien tendrá la tutela legal y patria potestad de sus hijos menores hasta que cumplan la mayoría de edad. De no hacerlo, la corte podría decidir que alguien que usted no escogió tenga la custodia legal y administre los bienes de sus hijos. Nuevamente, debería tener a una persona designada en primer lugar y otra como segunda opción en caso de que la primera persona designada fallezca o no pueda ocuparse en ese momento.
  • Carta de intención. Es un documento para su ejecutor o beneficiario informándole qué hacer con bienes específicos después de su muerte. También puede contener detalles respecto a su funeral u otros requerimientos especiales.
  • Designaciones de beneficiarios. La parte quizás más obvia de este plan. A quién dejará qué posesiones. No olvide nombrar a beneficiarios contingentes en caso de que los principales beneficiarios no estén.

¿Qué pasa si muero sin dejar testamento?

Existe un término para definir a una persona que murió sin dejar un testamento: intestado.

La repartición de la propiedad en Estados Unidos dependerá de las leyes estatales en el caso de que alguien muera sin dejar testamento. Por lo general, el primero en línea para heredar es el cónyuge, a quien le siguen los hijos y después los padres. A continuación, vienen los hermanos, abuelos, tíos, sobrinos y primos.

El orden va pasando de un nivel a otro si no hay un heredero vivo en esa categoría. Es decir, si el intestado no tiene cónyuge, la herencia pasa a sus hijos (aunque esto no significa necesariamente que sus hijos no heredarán nada si su cónyuge vive). Si no tiene hijos, pasa a sus padres. Si sus padres han fallecido también, pasa a sus hermanos, si no hay hermanos pasa a abuelos, tíos, sobrinos o primos. Respecto a los nietos, es importante aclarar que generalmente estos heredan directamente de sus abuelos si sus padres fallecieron antes.

Cuando el tribunal no puede encontrar a ningún familiar vivo, la herencia pasa al estado.

¿Qué eventos ameritan un cambio en el plan?

La vida cambia, y su plan de patrimonio también debería hacerlo. Ciertos cambios de condiciones, relaciones y finanzas son indicadores de que necesita actualizar su plan de hacienda (en inglés).

Estos son algunas de las circunstancias más comunes:

  • matrimonio
  • divorcio
  • nacimientos de hijos o nietos
  • hijo o nieto tiene necesidades especiales
  • nombramiento o remoción de un ejecutor de directivas de salud o poder legal
  • nombramiento o remoción de un guardián o tutor para sus hijos
  • adquisición de nuevos bienes
  • mudanza a otro estado
  • nuevas necesidades de salud
  • nuevo negocio y planes sucesorios para este
  • fallecimiento o cambio de beneficiarios o ejecutores

¿Qué errores clásicos ocurren en muchos planes patrimoniales?

La primera y principal equivocación relacionada con un plan patrimonial (en inglés) es simplemente no tenerlo.

Otros errores incluyen:

  • no actualizarlo
  • hacerlo sin asesoramiento de quien entienda del tema
  • no informar a los beneficiarios
  • no incluir directivas respecto a temas de salud
  • poner condiciones que terminarán perjudicando a los beneficiarios
  • nombrar solo a un beneficiario
  • no incluir un poder legal
  • olvidar bienes digitales o caridades
  • no tener en cuenta potenciales impuestos y formas de evitarlos
  • elegir al ejecutor de hacienda incorrecto

Una vez que inicie este proceso, recuerde buscar asesoría legal para hacerlo diligentemente y evitar todos los posibles errores aquí mencionados. Sus beneficiarios, e incluso usted mismo si llegara a quedar incapacitado, verán los frutos en un futuro. Y recuerde: nadie sabe cuánto tiempo tiene en verdad. Si no decide usted hoy, terminará decidiendo el Estado por usted mañana.

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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en planificación patrimonial puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.

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