¿Qué dice la ley sobre la detención de Liam Conejo Ramos?

Por Jonathan Calvopina, MBA | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 3 de febrero de 2026

Última actualización del 19 de marzo de 2026: El Juez John Burns rechazó el asilo para la familia Conejo, dictaminando su deportación a Ecuador. La abogada defensora de la familia ha anunciado que iniciará el proceso de apelación para frenar la orden de salida.

El caso de Liam Conejo Ramos, un niño de cinco años, se volvió viral por lo inusual de los hechos: su padre fue detenido por agentes de ICE en un suburbio de Minneapolis, Minnesota, y ambos fueron trasladados al centro de detención de Dilley, a aproximadamente una hora de San Antonio, Texas. La amplia difusión del caso motivó pronunciamientos públicos en Ecuador y solicitudes de intervención estatal que, lejos de resultar necesariamente beneficiosas, podrían haber tenido efectos adversos en el procedimiento migratorio en curso.

En este artículo analizamos las principales implicaciones legales del caso, tanto en relación con la detención como con la solicitud de asilo pendiente.

Antecedentes del caso

Liam Conejo Ramos, un niño ecuatoriano de cinco años, y su padre, Adrián Alexander Conejo Arias, fueron detenidos el 20 de enero de 2026 en Columbia Heights, Minnesota, cuando regresaban de la escuela a su domicilio. La detención fue realizada por agentes de ICE durante operativos migratorios efectuados en las llamadas Twin Cities (Minneapolis–Saint Paul) en las semanas previas.

La familia había ingresado a Estados Unidos en diciembre de 2024 y se presentó ante agentes migratorios fronterizos en Texas para solicitar asilo a través de la aplicación CBP One, según informó el abogado de la familia, Mark Prokosch. La detención se produjo en el marco de la denominada “Operation Metro Surge”, durante la cual las autoridades migratorias clasificaron a Adrián Conejo Arias como “extranjero en situación migratoria irregular”.

De acuerdo con la versión oficial, al aproximarse los agentes del servicio de inmigración al vehículo en el que se desplazaban, el padre habría huido a pie por temor a ser detenido, dejando al menor dentro del automóvil. La vocera del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Tricia McLaughlin, afirmó además que la madre del niño Liam presuntamente se negó a hacerse cargo de él, pese a varios intentos de los agentes federales para que la persona que se encontraba dentro de la vivienda asumiera su cuidado.

Esta versión fue rechazada por la madre de Liam, Erika Ramos, quien sostuvo que su esposo no huyó ni abandonó a su hijo y que, desde el exterior, le pidió que no abriera la puerta por temor a que ella también fuera detenida. Según su testimonio, esa fue la razón por la cual no salió del domicilio, a pesar de escuchar al niño.

Posteriormente, tanto el padre como el menor fueron trasladados al centro de detención familiar de Dilley, Texas, donde permanecieron durante once días. El 31 de enero de 2026, un juez federal ordenó su liberación. Actualmente, ambos se encuentran nuevamente en Minnesota junto al resto de su familia, y su solicitud de asilo continúa en trámite. 

Declaraciones públicas e intervención estatal: posibles efectos en el asilo

Para comprender las implicaciones de este caso, es importante distinguir entre los sistemas de asilo en Estados Unidos y el de otros países. En Ecuador, por ejemplo, el asilo se rige por la Ley Orgánica de Movilidad Humana. En Estados Unidos, en cambio, el asilo se concede a personas extranjeras que no pueden o no desean regresar a su país de origen debido a persecución pasada o a un temor fundado de persecución futura por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social.

Tras la detención, varios familiares dieron declaraciones en redes sociales y ante medios de comunicación nacionales e internacionales, relatando los hechos y solicitando apoyo de las autoridades gubernamentales. Si bien este tipo de pronunciamiento no invalida por sí solo una solicitud de asilo, sí puede ser utilizado por las autoridades migratorias para cuestionar la coherencia y solidez del argumento de temor fundado, especialmente si las declaraciones sugieren que el Estado de origen brinda protección efectiva o que el riesgo alegado no es actual.

En este contexto, la Cancillería del Ecuador emitió comunicados señalando que, tras la difusión del caso, se había puesto en contacto con el DHS para precautelar la seguridad y el bienestar del menor. En entrevistas públicas, la canciller Gabriela Sommerfeld indicó que el Estado mantuvo contacto constante con la familia y que el cónsul en Minneapolis logró comunicarse directamente con el padre de Liam.

Sin embargo, el abogado de la familia solicitó expresamente que el Estado ecuatoriano no interviniera y rechazó varias reuniones propuestas por la Cancillería, al considerar que una participación activa del gobierno de origen podría ser interpretada negativamente en el proceso de asilo pendiente y afectar su resultado.

Intervención judicial y orden de liberación

Ante la situación de detención, la familia presentó una petición de habeas corpus ante el Tribunal Federal del Distrito Oeste de Texas. Este recurso constitucional, previsto en el artículo I, sección 9 de la Constitución de los Estados Unidos, tiene como finalidad proteger a las personas frente a detenciones arbitrarias o ilegales.

El 27 de enero de 2026, el juez federal Fred Biery emitió una orden temporal prohibiendo la deportación o el traslado fuera de la jurisdicción mientras se resolvía la legalidad de la detención. Posteriormente, el 31 de enero, el juez determinó que no existía causa suficiente para justificarla, al considerar que se habían vulnerado garantías constitucionales, en particular las relacionadas con el debido proceso, protegidas por la Quinta Enmienda y desarrolladas en la jurisprudencia aplicable a personas no ciudadanas.

En su resolución, el juez ordenó la liberación de Liam y de su padre “tan pronto como fuera posible”. En su resolución (en inglés), citó pasajes bíblicos que aludían al trato digno hacia los niños y las personas extranjeras. Ambos fueron liberados el 1 de febrero y regresaron a Minneapolis. Cabe subrayar que esta decisión judicial se limitó exclusivamente a evaluar la legalidad de la detención y no resolvió el fondo de la solicitud de asilo.

La administración Trump señaló que podría apelar la decisión. El fiscal general adjunto, Todd Blanche, señaló que el gobierno estaba analizando sus opciones, aunque evitó pronunciarse de manera directa sobre el contenido del fallo.

En declaraciones al programa This Week de ABC, Blanche explicó que la ley de inmigración opera de manera distinta al proceso penal tradicional debido a su naturaleza administrativa y que, de considerarlo necesario, el gobierno podría impugnar la decisión judicial.

Estatus actual y próximos pasos legales

La cuestión de fondo sigue siendo si la familia podrá permanecer de manera definitiva en EE. UU. Los acontecimientos recientes no necesariamente favorecen su solicitud de asilo. La detención, por sí sola, no perjudica el caso; sin embargo, la exposición mediática, las declaraciones públicas de familiares y la disposición del gobierno ecuatoriano a brindar apoyo, podrían ser utilizadas por las autoridades migratorias para cuestionar la existencia de un temor fundado de persecución.

Aun así, la familia cuenta con elementos a su favor. Ingresaron al país conforme a los procedimientos vigentes y formalizaron su solicitud de asilo por las vías establecidas, lo que fortalece su posición frente a casos de ingreso irregular. Además, la ausencia de antecedentes penales reduce la probabilidad de que el caso sea tratado como una prioridad de deportación inmediata.

También cabe destacar la relevancia de contar con la ayuda de un abogado de inmigración con experiencia en casos de asilo. Es probable que el desenlace hubiera sido distinto sin la presentación oportuna del recurso de habeas corpus, una estrategia cuidadosa frente a intervenciones externas y el uso adecuado de las vías legales disponibles para impugnar la detención.

La alta exposición mediática del caso puede tener efectos ambivalentes. Por un lado, las autoridades podrían optar por no actuar de manera agresiva para evitar una reacción negativa de la opinión pública. Por otro, también existe la posibilidad de que se acelere una decisión desfavorable como medida ejemplificadora.

Finalmente, este caso ha generado preocupación entre personas con solicitudes de asilo pendientes, ante la posibilidad de que se intensifiquen redadas u operativos similares. En una entrevista con NBC News, la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, fue consultada sobre si personas con solicitudes de asilo en trámite podrían ser deportadas. Su respuesta fue que, de considerarse legalmente procedente, ello podría ocurrir.

¿Se puede apelar un caso de inmigración denegado?

En general, sí. Es legalmente posible apelar una denegación de un caso de inmigración emitida por USCIS o un juez de inmigración. Para el caso de nuestro blog (petición de asilo denegada por juez de inmigración), de acuerdo con la normativa vigente al 19 de marzo de 2026, el proceso se rige por los siguientes criterios técnicos:

1. Plazos legales de apelación (Estatuto de limitaciones)

Para que un recurso sea admisible ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), se deben cumplir estrictamente estos tiempos:

  • Plazo estándar: 30 días naturales desde la fecha de la decisión del juez.
  • Prórroga por notificación postal: Se otorgan 3 días adicionales (33 días en total) si la resolución fue enviada por correo físico.

2. Qué es una apelación

Una apelación es una petición hecha a una autoridad diferente (superior) para que revise una decisión. No es un nuevo juicio. La carta de denegación de asilo incluye las instrucciones y los plazos que deberías seguir. Si no tuviste representación legal durante tu solicitud inicial, aún puedes consultar con un abogado para recibir orientación sobre el proceso de apelación. Los profesionales pueden identificar fallos en la interpretación de la ley o en la valoración de las pruebas. Además, el abogado podría orientarte sobre si tienes otros remedios migratorios, como por la suspensión de la deportación.

Volviendo al caso de nuestro blog, los Conejo tienen la posibilidad de apelar, y eso es exactamente lo que la abogada de la familia dijo que hará. Estaremos al pendiente de los resultados de este proceso e informaremos conforme surjan novedades.

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