Manutención conyugal e impuestos

Actualizado por Mariana Petersen, LLB | Última actualización 21 de julio de 2026

Usted puede deducir de sus impuestos federales de los Estados Unidos la manutención o pensión alimenticia conyugal que está obligado a pagar a su cónyuge o excónyuge. Por otro lado, si usted es quien recibe los pagos, debe reportar ese dinero como ingreso en su delcaración de impuestos.

Para esto debe existir un decreto de divorcio, orden de manutención o un acuerdo de separación. Este artículo explica qué requisitos deben cumplir los pagos para que usted los pueda deducir de sus impuestos.

Reglas para el cónyuge que paga

Los pagos de manutención conyugal son deducibles si se cumplen los siguientes requisitos:

  • Usted y su cónyuge o excónyuge no presentan una declaración de impuesto sobre la renta de forma conjunta.
  • Usted paga en efectivo o cheque.
  • El instrumento de divorcio o separación no especifica que el pago no es manutención conyugal.
  • El pago se hace conforme a un “instrumento de divorcio o separación” (por ejemplo, un decreto u orden, o un acuerdo de separación por escrito).
  • Si usted está legalmente separado bajo un decreto de divorcio o de manutención separada, usted y su cónyuge no pueden ser miembros del mismo hogar en el momento del pago.
  • La obligación de pago termina con la muerte del cónyuge que recibe el dinero.
  •  El pago no está designado como sustento de menores (child support) en el instrumento de divorcio o separación.

El sustento de niños nunca es deducible en su declaración de impuestos federales. Si su decreto de divorcio u otro instrumento o acuerdo escrito establece que debe pagar manutención conyugal y sustento de niños, y aporta una suma menor al total requerido, los pagos primero se destinarán al sustento de niños. Cualquier cantidad restante se considerará para la manutención conyugal.

Los acuerdos de división de bienes, ya sean en pago único o cuotas, no califican como manutención conyugal, aun si así lo exige el decreto de divorcio u otro instrumento o acuerdo escrito.

Cualquier pago que no esté requerido en el decreto o acuerdo de divorcio no califica como manutención conyugal. Si usted es el pagador, cuando la ley federal permite la deducción (por ejemplo, en instrumentos firmados antes de 2019), se reclama en su declaración federal (Formulario 1040) como un ajuste al ingreso, siguiendo las instrucciones vigentes del IRS para ese año. Debe proveer el número del Seguro Social de su cónyuge o excónyuge que recibe los pagos. De no hacerlo, podría tener que pagar una multa y su solicitud de deducción podría ser rechazada.

Reglas para el cónyuge que recibe los pagos

Si usted es el cónyuge o excónyuge que recibe la manutención conyugal, solo debe reportarla como ingreso en su declaración federal cuando la ley lo exige (por ejemplo, en instrumentos firmados antes de 2019). Para instrumentos firmados en 2019 o después, por lo general no se reporta como ingreso federal del receptor. Si no le da su número de seguro social al cónyuge o excónyuge que hace el pago de pensión alimenticia, podría tener que pagar una multa.

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