Leyes de custodia de menores en New York
Por Mairim Gomez | Actualizado por Mariana Petersen, LLB | Última actualización 20 de julio de 2026
Los asuntos de derecho de familia en Estados Unidos suelen ser de competencia estatal, incluida la custodia de los hijos. En New York hay dos grandes tipos de custodia infantil: legal y física. Cada una de estas variantes puede ser compartida o exclusiva para solo uno de los progenitores, siempre con base en el interés superior del niño.
New York, como la mayoría de los estados de EE. UU., ha adoptado la Ley Uniforme de Jurisdicción y Ejecución de la Custodia de Menores (en inglés), cuyo objetivo es evitar conflictos cuando más de un estado podría reclamar competencia sobre el mismo niño.
En este artículo explicamos de forma general los estatutos de New York que regulan los asuntos y distintos tipos de custodia, así como lo que pueden esperar los padres ante los tribunales de familia en ese estado. Si está atravesando un proceso de divorcio y tiene hijos, es recomendable consultar a un abogado con experiencia en custodia de menores de New York.
Diferencia entre custodia legal y física en NY
En el estado de Nueva York, hay dos tipos básicos de custodia infantil:
- Custodia legal (legal custody): el derecho de uno o ambos padres a tomar decisiones importantes en la vida del niño, como su educación, religión, atención médica y ciertos tratamientos o terapias.
- Custodia física (physical custody): establece con qué progenitor reside el niño y cómo se distribuye su tiempo y rutina diaria.
Es frecuente que los padres compartan la custodia legal (acuerdo de custodia compartida), de modo que ambos participen en la toma de decisiones importantes. En esos casos, tendrán que hablar y tratar de llegar a acuerdos; si no lo logran, el juez puede indicar en la orden de custodia quién tendrá la última palabra en ciertos temas.
Cuando un niño vive la mayor parte del tiempo con uno de los padres, se considera que ese padre tiene la custodia física principal, mientras que el otro suele tener un régimen de visitas o una cantidad de tiempo de convivencia (por ejemplo, fines de semana alternos y vacaciones). Puede haber arreglos de custodia física compartida más cercanos al 50/50, pero no son tan comunes porque requieren mucha coordinación.
Un acuerdo de custodia compartida suele incluir un plan de crianza detallado con horarios, vacaciones, comunicación con la escuela, así como reglas básicas para el día a día.
En casos de violencia doméstica, abuso de sustancias, problemas de salud mental u otros factores que puedan poner en riesgo al menor, el tribunal puede otorgar la custodia exclusiva (custodia legalexclusiva o custodia física principal) y visitas supervisadas por servicios sociales.
Las leyes de Nueva York (en inglés) establecen expresamente que no hay derecho preferente de custodia para ninguno de los padres. Es decir, no se le da mayor peso a la madre o al padre. A petición de cualquiera de los padres o tutor legal del niño, y tras notificar a las demás partes, el tribunal puede modificar o anular órdenes de custodia previas si las circunstancias lo justifican, siempre respetando el interés superior del niño.
¿Cómo se decide la custodia de los hijos en New York?
En casos de custodia, las decisiones de los tribunales de New York se basan en el “mejor interés del niño”. Si los padres no logran un acuerdo de custodia, el tribunal de familia decidirá el plan de crianza y los derechos de custodia en función del interés superior del niño.
No hay una fórmula exacta, pero en la mayoría de los casos los jueces suelen considerar factores como:
- La capacidad de cada padre para cuidar y cubrir las necesidades del niño, incluyendo su estabilidad, vivienda y tiempo disponible.
- La salud mental y el bienestar físico de cada uno de los padres.
- Cualquier historial de violencia doméstica o abuso en la familia.
- Los horarios de trabajo y la flexibilidad de los padres para estar presentes en la vida diaria del menor.
- Los deseos del niño, especialmente si es mayor y tiene la madurez suficiente para expresar una opinión razonable.
- La capacidad de los padres para cooperar, comunicarse y evitar conflictos frente al niño.
La opinión del menor es un factor importante, pero no determina la decisión. El juez puede pedir informes, entrevistas y, en algunos casos, designar un abogado del niño, con el fin de entender mejor qué arreglo protege su bienestar.
¿Abuelos y otros miembros de la familia pueden tener derechos de visita?
Sí, New York es uno de los estados que permiten a los abuelos (en inglés) y otros familiares, como hermanos (en inglés), solicitar un derecho de visita con el niño. Sin embargo, no es un derecho automático ni se trata igual que la petición de custodia de un padre.
En términos generales, la ley permite a los abuelos iniciar un procedimiento especial o un recurso de habeas corpus para pedir derechos de visita con un nieto menor o, en determinadas “circunstancias extraordinarias”, incluso custodia del nieto.
Los abuelos primero deben demostrar que tienen base legal para solicitar visitas y que estas serían en el mejor interés del niño. Esto puede incluir situaciones como el fallecimiento de uno o ambos padres, o circunstancias especiales, por ejemplo, la interrupción abrupta del contacto tras haber mantenido una relación muy estrecha con el menor.
El juez puede tener en cuenta:
- La relación previa entre el abuelo y su nieto.
- El tiempo transcurrido desde el último contacto.
- Cómo afectaría ese contacto a la relación del niño con sus padres.
- Cualquier historial de abuso, negligencia o conflicto grave.
En algunos casos, los hermanos también pueden pedir un régimen de visitas, especialmente si han sido muy cercanos y la separación podría afectarles.
El estándar es más estricto que en el caso de los padres, porque la ley protege el derecho de los padres a decidir con quién se relacionan sus hijos.
¿Qué hacer si tiene un caso de divorcio con hijos menores?
Si tiene un caso de divorcio con hijos menores, lo más recomendable es consultar con un abogado de derecho familiar que le guíe y le ayude a defender sus derechos de custodia. Cada familia y circunstancia es única.
Además, las leyes estatales siempre están sujetas a cambios mediante la aprobación de nuevas leyes, fallos de los tribunales superiores, iniciativas electorales y otros factores. Aunque nos esforzamos por ofrecer la información más actualizada disponible, le recomendamos que consulte con un abogado local de nuestro directorio si atraviesa un proceso de divorcio en Nueva York, necesita una petición de modificación de la orden judicial o de la manutención de los hijos debido a algún cambio sustancial en su vida, como mudanza o pérdida de empleo.
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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en custodia de un menor puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.