Lesión personal

Infecciones sexuales y lesiones personales: ¿Puede demandar a su expareja por una ITS?

Por Jonathan Calvopina, MBA | Revisado por Gricel Bermudez | Última actualización 17 de marzo de 2022

Un principio legal que gobierna a nuestra sociedad es que tenemos el deber de evitar poner a los demás en riesgo de daños.

Para ser más prácticos, esto significa “no hagas algo que sepas hará daño a alguien.” En la mayoría de los estados este deber se extiende a las parejas sexuales.

Si uno de los integrantes de la pareja sabe, o debió haber sabido, que tenía una infección de transmisión sexual (también conocida como enfermedad de transmisión sexual), puede ser considerado responsable por transmitir la infección a su pareja que ignoraba esa circunstancia.

Esto incluye herpes genital, SIDA, gonorrea, sífilis, ladillas, clamidia, VPH (virus del papiloma humano) y verrugas genitales.

Prevalencia de ITS y VIH en los Estados Unidos

Según las últimas cifras del Centro Federal de Control de las Enfermedades, más de 1.1 millones de personas en los EE. UU. son VIH positivos, y más de 19 millones son afectadas anualmente con infecciones de transmisión sexual.

Debido a que el VIH y las ITS se extienden principalmente a través de la actividad sexual, generalmente las nuevas infecciones se pueden prevenir mediante una simple elección personal.

Debido a esto, muchos estados han aprobado leyes que requieren a las personas que son VIH positivas, o que tienen una infección de transmisión sexual, que informen a sus parejas ese hecho antes de tener una actividad sexual, y recomienda que sostengan relaciones sexuales con protección adecuada para evitar el contagio.

Transmisión intencional de infecciones sexuales

Algunos estados requieren que el demandante pruebe que el demandado intencionalmente lo expuso a la infección o condición, a fin de asignarle responsabilidad por ese hecho.

En estos estados el demandante usualmente debe demostrar que el demandado sabía, o debía haber sabido, que poseía una infección de transmisión sexual y que no se lo informó al demandante antes de tener relaciones sexuales.

La prueba de que el demandado sabía que tenía una infección de transmisión sexual, puede hacerse mediante una prueba positiva, el historial médico acerca de los síntomas, o por una revelación actual de los síntomas.

El uso de un condón o preservativo puede ser un factor determinante en estos casos, acerca de si alguien puede ser considerado responsable o no.

Transmisión negligente de la enfermedad

Algunos estados solo requieren que se demuestre que el demandado fue negligente en la transmisión de una infección sexual, ya sea que haya expuesto intencionalmente a su pareja o no.

Más bien, el demandante solamente tiene que probar que el demandado es positivo o tenía una infección de transmisión sexual, y que realizó actividades que aumentaron la posibilidad de que pudiera transmitir la infección, tales como tener varias parejas sexuales, sin protección, o usar drogas.

El sexo consentido, ¿elimina la responsabilidad?

Se ha argumentado que al ejecutarse una actividad sexual consentida, el demandante asumió el riesgo de contraer una o varias infecciones de transmisión sexual, y que por ello estaría incapacitado para demandar a su pareja. 

Sin embargo, algunos tribunales han sostenido que las relaciones sexuales consensuadas no pueden considerarse como un atenuante, cuando una persona tiene una infección de transmisión sexual, y no informa a su pareja de su estatus, debido a que el demandante nunca hubiera tenido contacto sexual con el demandado, si el demandante hubiera conocido tal condición.

Demanda por lesión personal

Los casos judiciales acerca de la responsabilidad por transmitir sexualmente una infección, no están limitados a la actividad sexual.

Por ejemplo, existe un caso sobre un luchador que tenía lesiones de llagas de herpes en su piel. El Tribunal de Apelaciones de Nueva York dictaminó que las personas infectadas con herpes deben evitar contacto de piel con piel, con cualquier persona, no solamente con sus parejas sexuales, cuando tiene lesiones contagiosas activas.

La mayoría de los estados permiten a una persona que contrajo una infección de transmisión sexual, presentar una acción contra el responsable ante un tribunal. Pero no existe una regla a nivel nacional sobre como manejar estos casos legalmente.

Muchos estados tienen ordenamientos penales que cubren específicamente la negligencia, o la transmisión intencional de VIH. Pero solamente unos cuantos estados tienen reglas que específicamente incluyen a las infecciones de transmisión sexual.

En esas condiciones, una demanda presentada debido a herpes genital, clamidia, sífilis o gonorrea, típicamente, se hace como una acción de lesión personal.

La opción de obtener una compensación por los daños está disponible en la mayoría de los estados, pero estos casos pueden ser difíciles de probar.

Tratar un caso que involucra infecciones de transmisión sexual no es tan sencillo, como ocurre con uno de accidente automovilístico o accidente laboral. En esas circunstancias, las partes saben cuándo y dónde ocurrió la lesión y quién la causó.

Por otro lado, los síntomas de las infecciones de transmisión sexual no aparecen inmediatamente, a veces tardan años en causar problemas de salud, y si ha habido múltiples parejas sexuales, puede ser difícil probar quién fue el responsable.

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