Proceso de adopción internacional: Preguntas frecuentes

Por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 7 de octubre de 2025

En Estados Unidos, la adopción internacional (international adoption o intercountry adoption, en inglés) difiere de la adopción nacional, principalmente en que al adoptar un niño de un país extranjero, la adopción, además de estar sujeta a las leyes estadounidenses, también queda sujeta a las leyes del país de origen del menor.

¿Qué leyes rigen el proceso de adopción internacional?

La adopción internacional se rige por tres conjuntos diferentes de leyes:

  1. Leyes federales de adopción de EE. UU.
  2. Leyes de adopción del país del menor que se está adoptando
  3. Las leyes que rigen el lugar de residencia (estado o territorio de EE. UU.)

Es importante estar familiarizado con estas leyes antes de iniciar el proceso para evitar contratiempos o complicaciones. Por ejemplo, algunas leyes exigen pasar varias semanas en el país de residencia del niño antes de iniciar los trámites de adopción.

Una agencia acreditada de adopción puede ayudarle con muchos de los trámites, formularios y dudas que pueda tener.

¿Mi hijo adoptado es automáticamente ciudadano?

No, los niños no son automáticamente ciudadanos sin una visa previa. Sin embargo, hay pasos a seguir para otorgarle una visa a su hijo al ingresar a su nuevo hogar y obtener la ciudadanía estadounidense.

Si el niño reside actualmente en el extranjero, debe obtener una visa de inmigrante para ingresar a Estados Unidos. Estas visas las emite el Departamento de Estado de los Estados Unidos en la  embajada o consulado del país donde reside actualmente el niño.

¿Qué es una “Adopción de La Haya”?

Una adopción de La Haya es aquella que se rige por el tratado internacional del mismo nombre para garantizar el interés superior de los niños, los padres biológicos y los padres adoptivos que participan en el proceso de adopción internacional. La mayoría de las adopciones internacionales se realizan bajo la acreditación de La Haya.

Existen dos tipos de programas de adopción extranjera: la adopción en el marco del Convenio de La Haya (en inglés) y la adopción fuera del marco del Convenio.

Un niño debe cumplir los siguientes criterios para ser clasificado como adoptable en virtud del Convenio de La Haya:

  • Ser menor de 16 años al momento de presentar el Formulario I-800 (en inglés).
  • Residir en un país que sea parte de la Convención de La Haya.
  • Ser elegible para la adopción internacional por su país de residencia.
  • Tener todos los permisos necesarios para la adopción de su país de residencia.

¿Qué es una adopción no conforme al Convenio de La Haya o una “adopción huérfana”?

Una adopción no conforme al Convenio de La Haya, conocida en Estados Unidos como “adopción huérfana” o proceso de orfandad, es una adopción internacional que ocurre cuando el país de origen del menor no es parte del Convenio de La Haya sobre adopciones internacionales.

Según la ley de inmigración de EE. UU., los niños huérfanos son aquellos nacidos fuera de EE. UU. y que:

  • Ambos padres han muerto, desaparecido, abandonado o desamparado al niño por separación o pérdida, o
  • Tienen un solo progenitor superviviente que no puede cuidarlos, según las normas locales del país del niño. Dicho progenitor ha autorizado (por escrito) la salida irrevocable del niño para emigrar de su país a través de la adopción.

El proceso se rige por la presentación del Formulario I‑600 (“Petición para clasificar a un huérfano como pariente inmediato”) y requiere un estudio del hogar en EE. UU.

¿Qué pasos implica una adopción según el Convenio de La Haya?

Una vez elegida una agencia de adopción acreditada por La Haya o un proveedor de servicios de adopción, los futuros padres adoptivos debe seguir los siguientes pasos para cumplir con el proceso de adopción internacional:

  • Hacer que una persona autorizada para realizar estudios de hogares de adopción de La Haya realice un estudio de su hogar (en inglés) y presente el documento respectivo.
  • Presente su solicitud al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) antes de adoptar a su hijo.
  • Una vez que USCIS apruebe su solicitud, trabaje con su agencia de adopción para una propuesta de ubicación de adopción.
  • Antes de adoptar a su hijo, presente una petición ante USCIS para que el niño sea considerado elegible para inmigrar según la adopción propuesta.
  • Envíe el Formulario I-800A, “Solicitud de determinación de idoneidad para adoptar un niño de un país de la Convención”, para establecer su elegibilidad e idoneidad.
  • Una vez que USCIS apruebe su Formulario I-800A, envíe el Formulario I-800 (Petición para clasificar a un adoptado de la Convención como pariente inmediato) para determinar la elegibilidad del niño como adoptado de la Convención de La Haya.
  • Una vez aprobados estos formularios, adopte al niño u obtenga la custodia del niño para adoptarlo en los EE. UU.
  • Obtener la visa de inmigrante del niño.
  • Traer al niño a los EE.UU. para su admisión con su visa.

Para obtener más información sobre las adopciones acreditadas por el Convenio de La Haya, puede revisar los recursos adicionales (en inglés) en materia de adopción internacional en la página del USCIS y en el sitio web del Departamento de Estado (en inglés), que también cubre las adopciones de huérfanos. Un abogado de familia con experiencia en adopción también puede orientarle.

¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para los padres adoptivos que buscan la adopción de un huérfano?

Para una “adopción huérfana”, los requisitos son los siguientes:

  • Ser ciudadano estadounidense.
  • Si está casado, su cónyuge también debe firmar el formulario I-600 (en inglés) y su cónyuge también debe adoptar al niño.
  • Si no está casado, debe tener al menos 25 años cuando presente la petición del Formulario I-600.
  • Establecer que brindará el cuidado adecuado al niño, por ejemplo, cubrir sus necesidades médicas.
  • Establecer que el niño es huérfano según la ley de inmigración de Estados Unidos.
  • Establecer que:
    • Usted y su cónyuge han adoptado a ese niño en el extranjero y cada uno de ustedes vio al niño en persona antes de la adopción, o
    • Adoptará al niño en los EE. UU. después de su llegada, siempre que tenga permiso para llevarlo desde su país de residencia a los Estados Unidos.

¿Cuánto tiempo tarda una adopción internacional?

La adopción internacional puede tardar entre uno y cinco años; rara vez es un proceso rápido. El plazo depende del niño seleccionado y del país de adopción. La mayoría de las adopciones internacionales tardan unos tres años.

Seleccionar a un niño en espera suele ser más rápido que esperar a que el país de origen del niño lo derive.

Un niño en espera es aquel cuyo perfil, incluyendo la pérdida de la patria potestad, se ha elaborado y está listo para ser asignado a una familia adoptiva. Esto también ayuda a seleccionar un país con un proceso de adopción estable y consolidado, como Bulgaria.

¿Qué tipo de visa necesitará mi hijo adoptado para su ingreso a EE. UU.?

El tipo de visa que necesitará su hijo adoptado para ingresar a EE. UU. dependerá del tipo de proceso de adopción:

Tipos de visa para adopciones según el Convenio de La Haya:

  • Visa IH-3: Emitida para niños con adopciones completas y finales de un país de la Convención de La Haya
  • Visa IH-4: Se emite cuando un niño llega a los Estados Unidos desde un país de la Convención de La Haya para ser adoptado.

Tipos de visa para adopciones de huérfanos (no regidos por el Convenio de La Haya):

  • Visa IR-3: Se emite cuando se lleva a cabo una adopción completa y definitiva en el extranjero. Requiere que los padres vean físicamente al niño antes o durante los procedimientos de adopción.
  • Visa IR-4: Emitida a un niño que:
    • viene a Estados Unidos para ser adoptado;
    • fue adoptado en el extranjero por solo uno de los padres (si estaba casado);
    • no fue visto por los padres antes o durante la adopción.

Tipos de visa para otros niños adoptados

  • Visa IR-2: Emitida a un niño adoptado por un ciudadano, si el niño inmigra a los EE. UU. mientras está soltero y antes de cumplir 21 años o después del cumpleaños número 21, si está protegido por la Ley de Protección del Estado del Niño, como si aún fuera menor de 21 años.

¿Qué pasos son necesarios para obtener la ciudadanía para mi hijo?

Los pasos necesarios para obtener la ciudadanía, una parte importante del proceso de adopción internacional, dependerán del tipo de visa. Los niños con visas IR-3 e IH-3 adquieren automáticamente la ciudadanía si:

  • Entran a los Estados Unidos antes de cumplir 18 años.
  • Residen en los Estados Unidos con sus padres (el personal del gobierno o militar de los Estados Unidos asignado al extranjero puede calificar como residente en los Estados Unidos).

Para los casos IR-3 e IH-3, el Certificado de Ciudadanía de su hijo se enviará automáticamente a su dirección en EE. UU. sin necesidad de formularios ni tarifas adicionales.

Los niños con visas IR-4 e IH-4 no adquieren la ciudadanía automática al ingresar a los EE. UU., sino que se convierten en residentes permanentes. Reciben automáticamente una tarjeta de residente permanente (green card).

Adquirirán automáticamente la ciudadanía cuando se lleve a cabo su adopción en los Estados Unidos, si la adopción ocurre antes del cumpleaños número 18 del niño.

Niños con visas IR-2:

  • Los menores de 18 años adquieren automáticamente la ciudadanía estadounidense al ingresar a los Estados Unidos si residen en el país con sus padres (el personal militar o del gobierno de los Estados Unidos que vive en el extranjero puede calificar como residente de los Estados Unidos).
  • Los mayores de 18 años se convierten en residentes permanentes y reciben una tarjeta verde.

Los niños con visas IR-2 que no adquirieron automáticamente la ciudadanía estadounidense pueden solicitar la naturalización cuando sean elegibles.

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