Generalmente, un arrendador no puede cobrar una cuota por retraso en el pago de la renta, a menos que se encuentre especificada en el arrendamiento. Si el arrendamiento permite al arrendador el cobro de una cuota por retraso, la mayoría de los Estados no establecen un período de gracia antes de cobrar la cuota, salvo que así se disponga específicamente en el contrato.
Este artículo pretende ser útil e informativo, pero los asuntos legales pueden llegar a ser complicados y estresantes. Un abogado calificado en depósitos de alquiler y seguridad puede atender a sus necesidades legales particulares, explicar la ley y representarlo en la corte. Dé el primer paso ahora y póngase en contacto con un abogado calificado en depósitos de alquiler y seguridad cerca suyo para hablar sobre su situación jurídica particular.