Qué implica la“pausa al asilo” de diciembre 2025
Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 11 de diciembre de 2025
Las restricciones en materia de inmigración continúan ampliándose. A las cancelaciones de TPS, restricciones o prohibiciones en otorgar visas a ciudadanos de ciertos países y varias otras medidas relacionadas con los procesos migratorios se suma una más: se pausan las solicitudes de asilo para todos los peticionarios, los beneficios migratorios para ciudadanos de 19 países y además se revisarán los beneficios ya otorgados a ciudadanos de estos países.
¿Qué significa la “pausa”?
El comunicado emitido por la USCIS (en inglés) de fecha 2 de diciembre anuncia una “pausa y revisión de todas las solicitudes de asilo pendientes y todas las solicitudes de beneficios USCIS peticionadas por extranjeros de países de alto riesgo”.
Esto implica tres mandamientos puntuales para los oficiales de USCIS:
- Pausar todas solicitudes de formularios I-589 (de asilo y suspensión de la deportación).
- Pausar solicitudes de beneficios migratorios de extranjeros provenientes de países en la lista de la Proclamación Presidencial 10949.
- Realizar una revisión de beneficios otorgados a extranjeros provenientes de países en dicha lista que entraron a EE. UU. antes o después del 20 de enero de 2021.
La pausa no tiene un plazo de cese determinado y USCIS no ha dado detalles en su comunicado respecto a si la pausa es total para todas las etapas del proceso o sólo en la emisión de decisiones. Fuentes afirman (en inglés) que todavía se están recibiendo formularios y realizando entrevistas y la pausa se limita a las decisiones finales, tanto para otorgar como para denegar asilo.
Respecto al mayor escrutinio, el comunicado de USCIS hace hincapié en la averiguación de posibles participaciones pasadas, presentes o futuras con asociaciones criminales que puedan significar un riesgo para la comunidad.
¿A quiénes afecta directamente?
En primer lugar, la medida afecta a todos los solicitantes de asilo y de suspensión de deportación que utilizan el formulario I-589. A diferencia de lo que han señalado algunos medios, la suspensión no se limita a nacionales de países considerados “de riesgo”; se aplica de manera general a todas las personas que hayan presentado o planeaban presentar una solicitud de asilo mediante dicho formulario.
En segundo lugar, afecta a los nacionales de 19 países denominados de riesgo que tienen solicitudes de beneficios migratorios pendientes (como tarjetas verdes, permisos de trabajo, o ciudadanía, no solo asilo) o que recibieron beneficios y entraron al país en o después del 20 de enero de 2021.
Los países de riesgo son aquellos contemplados en la Medida Presidencial del 4 de junio de este año titulada “Proclamación presidencial (PP) 10949 (en inglés) que restringe la entrada de ciudadanos extranjeros para proteger a los Estados Unidos de terroristas extranjeros y otras amenazas a la seguridad nacional y la seguridad pública”.
Estos países son: Afganistán, Burma, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalía, Sudán, Yemén, Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
Es extremadamente difícil estimar el número de personas afectadas por esta nueva medida, pero fuentes afirman que las personas que entraron como refugiadas durante la administración Biden serán de las mayores perjudicadas, contándose alrededor de 200.000 (en inglés).
¿Cuál es el fundamento de esta medida?
El episodio ocurrido en Washington, DC el 26 de noviembre en el que un guardia nacional resultó gravemente herido y otro fallecido fue el detonante de la medida. El sospechoso del crimen es un nacional afgano. USCIS también menciona otro episodio ocasionado por un nacional afgano que intentó un ataque terrorista el día de las elecciones. Finalmente, el gobierno cita como fundamento base la Orden Ejecutiva “Protegiendo a EE. UU. de Terroristas Extranjeros ” (en inglés), enfatizando la necesidad de proteger al país de terroristas y el rol instrumental de USCIS en investigar minuciosamente antes de adjudicar beneficios migratorios a individuos que puedan ser una amenaza.
Como mencionamos, no se comunicó una duración específica para esta suspensión. Sin embargo, USCIS sí informó que en 90 días desde la emisión del memorándum (2 de diciembre) emitirá una guía operacional y priorizará una lista para revisión, entrevistas y derivaciones a ICE y otras agencias.
Si eres inmigrante y entras en una de las categorías mencionadas en este artículo, te recomendamos consultar con un abogado de inmigración del directorio de abogado.com sobre tus opciones.
Continuaremos informando sobre el tema conforme surjan novedades en nuestro blog.
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