Cómo y por qué puedes perder tu ciudadanía americana según nuevo memorándum del DOJ
Por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 15 de julio de 2025
La ciudadanía americana por naturalización no es una condición irrevocable y si bien los procesos de desnaturalización no suelen ser muy frecuentes, un reciente memorándum del Departamento de Justicia estadounidense (DOJ) parece indicar que podrían volverse más comunes.
El comunicado del DOJ (en inglés) señala que la División Civil “dará prioridad y buscará al máximo los procedimientos de desnaturalización en todos los casos permitidos por la ley y respaldados por las pruebas”. ¿Qué significa esto?
En primer lugar, que los ciudadanos naturalizados estarán bajo mayor escrutinio y se abrirán procedimientos civiles para buscar la revocación de la ciudadanía con base en ciertas categorías.
Esto no es algo completamente inesperado. Recién juramentado, el presidente Donald Trump lo anunció en su orden ejecutiva del 20 de enero de 2025, Protegiendo a los Estados Unidos de terroristas extranjeros y otras amenazas a la seguridad nacional y a la seguridad pública.
Ese mismo día también designó a los cárteles del narcotráfico y grupos criminales como el Tren de Aragua y la Mara Salvatrucha, como organizaciones terroristas extranjeras.
¿A quiénes se les puede abrir un proceso de desnaturalización?
La División Civil del DOJ estableció varias “categorías de prioridades” para “promover la tramitación de todos los casos viables de desnaturalización disponibles según el Título 8, Sección 1451 del Código de los Estados Unidos, y mantener la integridad del sistema de naturalización, garantizando al mismo tiempo una asignación adecuada de recursos”.
La lista de prioridades es amplia. Allí se incluyen casos de:
- Personas que representen un peligro para la seguridad nacional, incluidas aquellas con vínculos con el terrorismo, espionaje o exportación ilegal desde EE. UU. de bienes, tecnología e información de carácter sensible.
- Individuos que hayan cometido delitos como tortura, crímenes de guerra, violaciones de derechos humanos, delitos sexuales o crímenes violentos.
- Miembros o personas involucradas con pandillas, organizaciones criminales o cárteles de droga.
- Personas acusadas de fraude financiero (como préstamos PPP o fraude con Medicaid/Medicare) y quienes hayan cometido fraude contra particulares, fondos o corporaciones.
- Personas que ocultaron antecedentes penales al solicitar la naturalización y casos de corrupción, falsificación de documentos o declaraciones falsas durante el proceso de ciudadanía.
Pero esta lista puede extenderse más allá. Señala el memorándum que estas categorías “no limitan la capacidad para seguir un caso en particular ni se enumeran en un orden de importancia específico”. La División Civil, agrega el comunicado, “se reserva la facultad de seguir casos fuera de estas categorías, según lo considere oportuno”.
De hecho, en el punto 10 de estas categorías se incluye “cualquier otro caso remitido a la División Civil, que la División determine que es suficientemente importante como para procesarlo”.
¿Podría, entonces, cualquier persona naturalizada, aunque no haya cometido un delito grave, estar en riesgo? Sí, si el Departamento de Justicia decide que su caso merece ser revisado por cualquier causa dentro o fuera de estas prioridades.
Las personas desnaturalizadas no solo pierden su pasaporte estadounidense y derechos políticos, también corren el riesgo de ser deportadas, aunque tengan décadas viviendo en Estados Unidos.
Al ser un procedimiento legal de tipo civil y no penal, no se puede proveer un defensor público y la persona debe buscar y pagar su propio abogado. Si enfrentas algún problema con tu ciudadanía, contacta de inmediato a un abogado de nuestro directorio.
Litigios contra ciudades santuario también entre las prioridades
En el mismo memorándum del DOJ se incluye un apartado sobre las ciudades santuario. Se anuncia que para dar cumplimiento a las órdenes ejecutivas del presidente Trump, se ha ordenado a la División Civil “identificar las leyes, políticas y prácticas estatales y locales que facilitan las violaciones de las leyes federales de inmigración o impiden las operaciones migratorias federales legales”.
El gobierno federal, según lo ahí señalado, debe “iniciar acciones legales para impugnar dichas leyes, políticas o prácticas, cuando corresponda, y conforme a esto, la División Civil priorizará el litigio afirmativo para invalidar cualquier ley estatal o local que haya sido invalidada por la ley federal”.
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