Si me presento a trabajar y mi empleador me envía a la casa debido a la falta de trabajo, ¿me debe pagar por haberme presentado a trabajar?

No hay obligación de pagar por “presentarse”. Los empleados deben ser pagados por horas relamente trabajadas.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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