La Sección 1950.5 del Código Civil de California dispone que el arrendador, debe, dentro de 21 días a la fecha en que el inquilino salga de la propiedad, reembolsarle su depósito de seguridad o proporcionarle una lista de los fines en los que el depósito fue utilizado y los fondos sobrantes de dicho depósito. El plazo de 21 días empieza el día en que el inquilino deja la propiedad, no el día en que el arrendamiento expira si el inquilino se cambia antes de la expiración.
Este artículo pretende ser útil e informativo, pero los asuntos legales pueden llegar a ser complicados y estresantes. Un abogado calificado en depósitos de alquiler y seguridad puede atender a sus necesidades legales particulares, explicar la ley y representarlo en la corte. Dé el primer paso ahora y póngase en contacto con un abogado calificado en depósitos de alquiler y seguridad cerca suyo para hablar sobre su situación jurídica particular.