Derechos civiles

Estudiantes y atletas transgénero: guía legal por estado en EE. UU.

Por Balrina Ahluwalia, Esq. | Adaptado al español por Mariana Petersen, LLB | Última actualización 21 de agosto de 2026

El tema de los atletas transgénero ha generado un intenso debate sobre la equidad y la inclusión en el deporte. Las leyes y políticas que regulan su participación varían según el nivel de competencia y la disciplina deportiva. Además, las normas cambian con frecuencia y suelen verse influenciadas por la administración presidencial de turno. Para obtener orientación legal actualizada sobre su situación, es recomendable consultar a un abogado en derechos civiles.

En este artículo analizamos el panorama jurídico para comprender mejor los derechos involucrados y cómo afectan en la práctica, estado por estado.

Derechos de los atletas transgénero

Los derechos de los atletas transgénero para competir en equipos deportivos y utilizar instalaciones acordes con su identidad de género dependen de diversos factores, entre ellos:

  • La jurisdicción.
  • El nivel de competencia.
  • El deporte de que se trate.

No existe una ley federal única que reconozca o niegue expresamente estos derechos. Cada estado cuenta con su propia legislación y las asociaciones deportivas también establecen sus propios reglamentos.

Asimismo, las políticas aplicables a estudiantes-atletas transgénero pueden variar entre escuelas y distritos escolares. En el deporte profesional, las reglas suelen depender de cada organización deportiva.

Derecho federal

Dos pilares jurídicos aparecen de forma recurrente en el debate sobre estudiantes transgénero y deportes escolares:

A continuación, explicamos brevemente ambos conceptos para comprender cómo influyen en las reglas aplicables al deporte estudiantil.

La Cláusula de Igual Protección

La Cláusula de Igual Protección exige que los estados justifiquen las leyes que tratan de manera diferente a determinados grupos de personas. Para ello, los tribunales aplican distintos niveles de revisión constitucional según el tipo de clasificación utilizada por la ley.

  • Las leyes que discriminan por motivos de raza o religión deben superar el denominado escrutinio estricto (strict scrutiny). Esto significa que deben estar cuidadosamente diseñadas para promover un interés gubernamental imperioso.
  • Las leyes que establecen diferencias basadas en el sexo o el género son evaluadas mediante el escrutinio intermedio (intermediate scrutiny). En este caso, el Estado debe demostrar que la norma guarda una relación sustancial con un interés gubernamental importante.
  • El nivel más flexible de revisión es el test de base racional (rational basis review). Conforme a este estándar, una ley será válida siempre que tenga una relación racional con un objetivo gubernamental legítimo. Este criterio suele aplicarse en asuntos relacionados con derechos económicos, como las licencias profesionales o los beneficios públicos.

Antes del fallo B.P.J. (el cual abordaremos en breve) existía una considerable incertidumbre sobre si las prohibiciones estatales aplicables a estudiantes atletas transgénero cumplían con los requisitos de la Cláusula de Igual Protección. Aunque la decisión no resolvió el debate nacional en su totalidad, sí aclaró varios de estos interrogantes.

Título IX

El Título IX funciona de manera diferente. Se trata de una ley federal de derechos civiles que prohíbe la discriminación por razón de sexo en las instituciones y programas educativos que reciben financiación federal.

En la práctica, esto significa que prácticamente todas las escuelas públicas y la gran mayoría de colegios y universidades deben cumplir con el Título IX.

Esta ley es especialmente conocida por haber fortalecido el acceso de las niñas y las mujeres al deporte escolar y por establecer mecanismos para abordar la violencia y el acoso sexual en los campus universitarios.

Durante décadas, el Título IX ha permitido la existencia de equipos deportivos separados por sexo. Sin embargo, los tribunales han mantenido posiciones distintas respecto de su aplicación cuando se trata de estudiantes atletas transgénero que desean competir en equipos acordes con su identidad de género.

Después de que la Corte Suprema resolviera el caso Bostock v. Clayton County, relativo al Título VII sobre discriminación laboral, determinó que despedir a una persona por su identidad de género u orientación sexual constituye una forma de discriminación por razón de sexo.

A partir de ese precedente, varios tribunales y la Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Educación interpretaron que el razonamiento de Bostock respaldaba la participación de atletas transgénero en equipos acordes con su identidad de género bajo el Título IX.

Sin embargo, otros tribunales y varios estados rechazaron esa interpretación en el contexto deportivo, sosteniendo que el concepto de “sexo” debía entenderse como sexo biológico y que el precedente Bostock se limitaba exclusivamente al ámbito laboral regulado por el Título VII.

Esta diferencia de criterios mantuvo en incertidumbre la legalidad de las prohibiciones estatales hasta que la Corte Suprema resolvió West Virginia v. B.P.J.

Orden Ejecutiva 14201

El 5 de febrero de 2025, el presidente Donald Trump firmó la Orden Ejecutiva 14201, titulada Keeping Men Out of Women’s Sports (“Mantener a los hombres fuera de los deportes femeninos”).

Entre otras disposiciones, la orden instruye a las agencias federales a hacer cumplir el Título IX priorizando acciones contra las instituciones educativas que permitan que mujeres y niñas transgénero compitan en deportes femeninos.

La Orden Ejecutiva 14201 tiene efectos jurídicos directos sobre:

  • Las agencias federales (como el Departamento de Educación y el Departamento de Estado).
  • Las instituciones educativas que reciben fondos federales, mediante la aplicación del Título IX.
  • Los programas federales de subvenciones y sus beneficiarios.
  • Las políticas federales de inmigración y visados.

Las órdenes ejecutivas no tienen autoridad directa sobre las organizaciones deportivas profesionales privadas ni sobre las ligas deportivas estatales. No obstante, pueden ejercer presión indirecta mediante mecanismos relacionados con la financiación pública o la política exterior.

West Virginia v. B.P.J.

En junio de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió una decisión histórica en los casos consolidados West Virginia v. B.P.J. y Little v. Hecox.

Los casos abordaban si el Título IX y la Cláusula de Igual Protección de la Decimocuarta Enmienda permiten que las escuelas mantengan equipos deportivos femeninos basados en el sexo biológico. En su opinión, la Corte utilizó los términos “hombres biológicos” y “mujeres biológicas” para referirse al sexo asignado al nacer.

Las demandas cuestionaban leyes de Virginia Occidental e Idaho que prohibían a mujeres y niñas transgénero competir en equipos deportivos femeninos. Las demandantes sostenían que esas leyes violaban tanto el Título IX como la Cláusula de Igual Protección de la Decimocuarta Enmienda.

Las reclamaciones por discriminación basada en el sexo bajo la Cláusula de Igual Protección deben superar el estándar conocido como escrutinio intermedio, según el cual el Estado debe demostrar que la ley está sustancialmente relacionada con un interés gubernamental importante.

En una decisión de 6 votos contra 3, la Corte Suprema resolvió que:

  • El término “sexo” en el Título IX se refiere al sexo biológico asignado al nacer y no a la identidad de género.
  • La separación de equipos deportivos por sexo es razonable debido a las diferencias fisiológicas inherentes entre hombres y mujeres.
  • Excluir a mujeres y niñas transgénero (personas asignadas como hombres al nacer) de los equipos deportivos femeninos no viola la Cláusula de Igual Protección.

Este criterio también se aplica a estudiantes transgénero asignados como hombres al nacer que hayan recibido bloqueadores de la pubertad o tratamiento hormonal.

Como consecuencia de esta decisión:

  • Las escuelas públicas de educación primaria, secundaria y las universidades pueden excluir a mujeres y niñas transgénero de los equipos deportivos femeninos.
  • No están obligadas a realizar evaluaciones individualizadas sobre las capacidades físicas de cada atleta transgénero.
  • Las leyes restrictivas vigentes en los 27 estados que las habían aprobado fueron confirmadas como constitucionales.
  • Otros estados y centros educativos pueden adoptar restricciones similares.

La Corte precisó que esta decisión se refiere exclusivamente a la participación en actividades deportivas y no resuelve cómo debe aplicarse el Título IX en otros ámbitos, como:

  • El uso de baños y vestuarios.
  • El uso de nombres y pronombres.
  • La protección frente al acoso y la discriminación.

En todo Estados Unidos, los estados han respondido al debate nacional sobre la participación de atletas transgénero en los deportes femeninos escolares con una amplia variedad de políticas:

  • Algunos han aprobado leyes que exigen que la participación en los deportes escolares se determine según el sexo asignado al nacer.
  • Otros han adoptado normas que permiten expresamente que los estudiantes atletas compitan en equipos que correspondan con su identidad de género.
  • Un tercer grupo de estados ha optado por un enfoque intermedio, evaluando cada caso de forma individual.

Es probable que estas diferencias entre estados se profundicen tras la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en West Virginia v. B.P.J. (2026). Comprender el alcance de este fallo es fundamental para los estudiantes deportistas y sus familias.

Si usted o un familiar enfrenta problemas relacionados con la participación en deportes escolares, considere consultar con un abogado. Un abogado en derechos civiles con licencia en su estado puede brindarle asesoramiento legal actualizado y ayudarle a proteger sus derechos.

¿Qué significa el fallo?

Tras la decisión B.P.J., los estados cuentan con una amplia facultad para regular los deportes escolares con base en el sexo biológico.

La sentencia no obliga a los estados a adoptar este tipo de restricciones. Sin embargo, deja claro que pueden hacerlo.

En consecuencia, los estados pueden aprobar y aplicar leyes que condicionen la participación en los deportes para niñas y mujeres al sexo biológico sin vulnerar la Cláusula de Igual Protección ni el Título IX, siempre que dichas normas sean sustancialmente similares a las que fueron confirmadas por la Corte Suprema en B.P.J.

El fallo fortalece la posición jurídica de las leyes restrictivas y podría dar lugar a nuevos litigios relacionados con el Título IX contra políticas más inclusivas. No obstante, no prohíbe que los estados o las instituciones educativas mantengan normas que permitan la participación de estudiantes transgénero de acuerdo con su identidad de género.

Dado que no existe una regla uniforme aplicable en todo el país, los derechos de los estudiantes atletas continúan dependiendo, en gran medida, del estado en el que residan.

En las siguientes secciones analizamos cómo este fallo afecta las políticas estatales y la participación de estudiantes transgénero en los deportes escolares.

Restricciones estatales a la participación de estudiantes atletas transgénero

Hasta junio de 2026, más de 30 estados utilizan el sexo biológico o el sexo asignado al nacer para determinar quién puede participar en deportes escolares separados por sexo. De ellos, 27 estados cuentan con leyes expresamente aprobadas por sus legislaturas.

Además, cuatro estados (Alaska, Virginia, Nevada y Wisconsin) aplican restricciones mediante reglamentos administrativos o normas obligatorias de asociaciones deportivas escolares.

Independientemente del tipo de norma, la decisión de la Corte Suprema en West Virginia v. B.P.J. respalda, en términos generales, la constitucionalidad de estas restricciones bajo el derecho federal y el Título IX.

EstadoTipo de políticaResumen
AlabamaLey estatalProhíbe que estudiantes atletas de escuelas públicas (K-12) y universidades compitan en equipos que no correspondan con el sexo asignado al nacer.
AlaskaReglamento estatalLas normas de la Junta Estatal de Educación exigen que los equipos femeninos de secundaria estén reservados para estudiantes asignadas como mujeres al nacer.
ArizonaLey estatalLos equipos interescolares e interuniversitarios deben clasificarse expresamente según el sexo biológico, excluyendo a las niñas transgénero.
ArkansasLey estatalLimita la participación en equipos femeninos de escuelas públicas y universidades a mujeres biológicas.
FloridaLey estatalExige que los equipos deportivos de escuelas secundarias públicas y universidades se organicen según el sexo asignado al nacer, excluyendo a las niñas transgénero.
GeorgiaLey estatalEstablece expresamente la prohibición de que personas asignadas como hombres al nacer compitan en equipos deportivos femeninos de instituciones públicas.
IdahoLey estatalClasifica estrictamente los equipos deportivos escolares y universitarios por sexo biológico, restringiendo la participación de mujeres transgénero en equipos femeninos.
IndianaLey estatalTras la anulación de un veto legislativo, prohíbe que estudiantes asignados como hombres al nacer integren equipos femeninos de primaria, secundaria y universidad.
IowaLey estatalExige que los estudiantes atletas, desde la educación primaria hasta la universidad, compitan conforme al sexo indicado en su certificado de nacimiento original.
KansasLey estatalProhíbe que mujeres transgénero compitan en equipos deportivos femeninos desde el jardín de infancia hasta la universidad.
KentuckyLey estatalLos estudiantes desde sexto grado hasta la universidad deben competir conforme al sexo biológico indicado en su certificado de nacimiento.
LouisianaLey estatalLa Fairness in Women’s Sports Act prohíbe que niñas y mujeres transgénero integren equipos femeninos de escuelas públicas y universidades.
MississippiLey estatalExige que todos los equipos deportivos de escuelas públicas y universidades se clasifiquen por sexo biológico.
MissouriLey estatalProhíbe que escuelas públicas y universidades permitan la participación de estudiantes transgénero en equipos femeninos hasta la expiración de la ley en 2027, salvo prórroga legislativa.
MontanaLey estatalObliga a que los programas deportivos escolares y universitarios clasifiquen sus equipos exclusivamente según el sexo biológico.
NebraskaLey estatalExige que la participación deportiva, desde la educación primaria hasta la universidad, corresponda al sexo asignado al nacer.
NevadaReglamento deportivoLos estudiantes de las escuelas afiliadas a la Nevada Interscholastic Activities Association (NIAA) deben competir conforme al sexo indicado en su certificado de nacimiento original, sin modificaciones.
New HampshireLey estatalRestringe la participación de estudiantes desde quinto grado hasta la universidad en equipos que no correspondan con su sexo biológico.
Carolina del NorteLey estatalProhíbe que estudiantes atletas transgénero de secundaria, preparatoria y universidad compitan en equipos acordes con su identidad de género.
Dakota del NorteLey estatalDistintas leyes restringen la participación de estudiantes de escuelas públicas y universidades en equipos que no correspondan con el sexo asignado al nacer.
OhioLey estatalLa Save Women’s Sports Act exige que los equipos deportivos de escuelas públicas y universidades se separen estrictamente por sexo biológico.
OklahomaLey estatalExige que los equipos deportivos escolares y universitarios se organicen según el sexo biológico, excluyendo a las mujeres transgénero.
Carolina del SurLey estatalLimita la participación en equipos femeninos de escuelas públicas y universidades a mujeres biológicas.
Dakota del SurLey estatalLa legislación exige que todos los equipos deportivos autorizados por escuelas públicas o universidades se clasifiquen por sexo biológico.
TennesseeLey estatalLa participación deportiva desde quinto grado hasta la universidad debe corresponder con el sexo indicado en el certificado de nacimiento original.
TexasLey estatalLos estudiantes atletas de escuelas públicas y universidades deben competir conforme al sexo registrado en su certificado de nacimiento original.
UtahLey estatalRestringe la participación de niñas transgénero en deportes escolares públicos separados por género (K-12).
VirginiaPolítica administrativaLas directrices del Departamento de Educación limitan la participación según el sexo asignado al nacer, salvo que exista una autorización médica otorgada tras una evaluación individual.
Virginia OccidentalLey estatalLa Save Women’s Sports Act limita los equipos deportivos femeninos escolares y universitarios a mujeres biológicas.
WisconsinReglamento deportivoLos estudiantes asignados como hombres al nacer que participan en escuelas afiliadas a la Wisconsin Interscholastic Athletic Association (WIAA) tienen prohibido competir en deportes femeninos.
WyomingLey estatalLas estudiantes transgénero de séptimo a duodécimo grado no pueden participar en equipos deportivos destinados a niñas.

Jurisdicciones que protegen la identidad de género

Las siguientes jurisdicciones reconocen expresamente el derecho de los estudiantes atletas transgénero a competir en equipos que correspondan con su identidad de género.

En la mayoría de los casos, estas protecciones provienen de reglamentos emitidos por asociaciones deportivas estatales de escuelas secundarias y suelen complementarse con leyes estatales que prohíben la discriminación por identidad de género en escuelas públicas y actividades deportivas. En otros casos, los derechos trans están garantizados mediante leyes específicas o directrices emitidas por los departamentos estatales de educación.

EstadoTipo de políticaResumen
CaliforniaLey estatalGarantiza expresamente que los estudiantes de educación básica y secundaria participen en programas y deportes escolares separados por sexo de acuerdo con su identidad de género.
ColoradoReglamento deportivoPermite competir en equipos acordes con la identidad de género afirmada de manera consistente por el estudiante.
ConnecticutReglamento deportivoAutoriza la participación según la identidad de género, respaldada por leyes estatales contra la discriminación por expresión de género.
Distrito de ColumbiaPolítica administrativaLas normas deportivas escolares permiten que los estudiantes participen plenamente en equipos acordes con su identidad de género.
IllinoisReglamento deportivoLa asociación estatal de deportes escolares reconoce el derecho de todos los estudiantes a competir conforme a su identidad de género profundamente arraigada.
MarylandPolítica administrativaLas directrices deportivas permiten la participación conforme a la identidad de género en igualdad de condiciones con el resto de actividades educativas.
MassachusettsPolítica administrativaEl Departamento de Educación Primaria y Secundaria exige que los estudiantes puedan integrarse en equipos deportivos acordes con su identidad de género.
MinnesotaReglamento deportivoPermite participar mediante un procedimiento sencillo de notificación ante la escuela.
Nueva JerseyReglamento deportivoAutoriza competir conforme a la identidad de género, salvo que se presente una impugnación formal basada en la equidad competitiva.
Nueva YorkPolítica administrativaLas directrices estatales obligan a las escuelas a garantizar el acceso igualitario de todos los estudiantes, incluidos los jóvenes transgénero, a los programas deportivos correspondientes a su identidad de género.
OregónReglamento deportivoPermite competir en equipos acordes con la identidad de género manifestada de forma consistente.
Rhode IslandPolítica administrativaExige que las escuelas públicas permitan participar en todas las actividades separadas por sexo, incluidos los deportes interescolares, de acuerdo con la identidad de género del estudiante.
VermontReglamento deportivoPermite la participación en equipos deportivos conforme a la identidad de género sin restricciones específicas.
WashingtonReglamento deportivoLas normas de la asociación interescolar autorizan la participación conforme a la identidad de género del estudiante.

Estados que aplican revisiones caso por caso

Un tercer grupo de estados no protege expresamente ni prohíbe la participación de estudiantes atletas transgénero en equipos femeninos. En su lugar, resuelven cada solicitud mediante una evaluación individual.

EstadoTipo de políticaResumen
DelawareReglamento administrativoExige una revisión individualizada y permite que las escuelas cuestionen la participación por motivos de seguridad o equidad competitiva.
HawáiPolítica administrativaEstablece un comité que analiza cada caso considerando las características físicas relevantes para la competencia deportiva.
MaineReglamento deportivoRequiere que las escuelas soliciten una evaluación confidencial ante el comité estatal de equidad para decidir cada caso.
MichiganReglamento deportivoDetermina la elegibilidad de atletas transgénero mediante un procedimiento formal de revisión individual.
Nuevo MéxicoReglamento deportivoEvalúa cada caso con base en los registros oficiales del estado civil, aceptando certificados de nacimiento originales o legalmente modificados.
PensilvaniaPolítica descentralizadaMantiene divisiones deportivas basadas en el sexo biológico, aunque permite que los directores de las escuelas adopten decisiones discrecionales cuando exista una controversia sobre el sexo o el género del estudiante.

Adaptación y ampliación de su original en inglés Transgender Students and School Sports: State-by-State Guide

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

Videos de derechos civiles

Nuestros expertos legales

Jonathan Calvopina, MBA Editor senior de contenido legal
Lilian Soto-Wiechert, CP Editora de contenido legal
Mariana Petersen, LLB Editora de contenido legal

En Abogado.com, sabemos que los asuntos legales pueden ser estresantes y confusos. Estamos comprometidos a entregarle información legal confiable de manera fácil de entender. Nuestras páginas están escritas por escritores legales y son revisadas por expertos legales. Nos esforzamos por presentar información de manera neutra e imparcial, de modo que usted pueda tomar decisiones informadas basadas en sus circunstancias legales.