¿Cómo funciona la adopción de hijastros en EE. UU.?
Actualizado por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 15 de julio de 2026
En este artículo
La adopción de hijastros en EE. UU., al igual que otros tipos de adopción, funciona a través de un proceso legal. Tanto el padre biológico como el padrastro o madrastra deben seguir ciertos pasos para completar el proceso de adopción.
No es inusual tener una relación con una persona que tiene hijos de una relación anterior. Por diversas razones, algunos padrastros deciden voluntariamente convertirse formalmente en padres legales de sus hijastros y se preguntan: “¿Cómo adoptar el hijo de mi pareja?”. En este artículo respondemos a estas y otras preguntas relacionadas con la adopción de hijastros.
¿Cómo darle mi apellido a mi hijastro en Estados Unidos?
Si desea que su hijastro lleve su apellido en Estados Unidos, es posible que deba completar un proceso legal que varía según el estado. En muchos casos, esto se logra mediante una adopción por parte del padrastro o la madrastra. Generalmente, este tipo de adopción requiere que el padrastro o la madrastra esté casado con el padre o la madre biológica del menor. Sin embargo, algunos estados permiten formas alternativas de adopción o reconocimiento parental para parejas no casadas, según la legislación local.
Para hacer un cambio de apellido sin adopción, la mayoría de los estados requiere el consentimiento de ambos padres biológicos y la aprobación de un juez. En Illinois, por ejemplo, debe completar varios formularios, entre ellos, la petición para cambio de nombre certificada por notario, y asistir a una audiencia en el tribunal.
¿Cómo adoptar a mi hijastro en Estados Unidos?
Para adoptar a su hijastro en Estados Unidos debe seguir el proceso legal establecido por las leyes estatales. Cada estado (en inglés) tiene su propia legislación al respecto.
En general, el padrastro o madrastra y su cónyuge (padre o madre biológico) deben presentar una solicitud de adopción, y de ser necesario, solicitar la ayuda de un abogado en adopción. Deberán pasar por los mismos procesos de otros futuros padres adoptivos:
- audiencias de adopción;
- cambios de nombre;
- obtención del consentimiento de los padres biológicos.
En ciertos casos, las adopciones por padrastros no son tan complejas como otros tipos de adopción. Por ejemplo, algunos estados no exigen un estudio del hogar ni una verificación de antecedentes para este tipo de adopción.
Después de la audiencia de adopción, un trabajador social designado por el tribunal podría visitar el hogar para verificar el estado de la familia. El tribunal programará una audiencia final.
Si todo está en orden y no hay objeciones, el tribunal aprobará la adopción. La orden de adopción incluirá al padrastro o madrastra como el nuevo padre o madre del niño. Esta orden permite a la familia solicitar un nuevo certificado de nacimiento. Este nuevo certificado de nacimiento incluirá al nuevo padre o madre legal y el nuevo apellido del niño.
Mi esposo quiere adoptar a mi hijo en Estados Unidos: ¿Necesito consentimiento del padre biológico?
Por lo general, en una adopción por parte de un padrastro o una madrastra se requiere el consentimiento del otro progenitor que conserva derechos parentales, a menos que un tribunal haya terminado dichos derechos o que la ley establezca que su consentimiento no es necesario.
Existen distintas formas de abordar este requisito:
- El otro progenitor con derechos parentales puede firmar un consentimiento o una renuncia a la adopción. Si el tribunal la acepta, esta decisión suele poner fin a sus derechos y responsabilidades futuras respecto del menor, como la custodia y la obligación de pagar manutención futura. Sin embargo, normalmente no elimina los pagos de manutención atrasados ya adeudados, y sus efectos sobre los derechos hereditarios pueden variar según la ley estatal y la existencia de un testamento.
- En algunos casos, puede obtenerse una orden judicial que termine los derechos parentales del otro progenitor cuando concurran las circunstancias previstas por la ley.
No se requiere el consentimiento de un progenitor cuyos derechos parentales ya hayan sido terminados por un tribunal. Además, si no se puede localizar al padre o a la madre biológica, el tribunal generalmente exige que se realicen esfuerzos diligentes para notificarle, como la notificación personal o por publicación, antes de autorizar la adopción sin su consentimiento cuando la ley lo permita.
Dependiendo de la edad del menor y de la jurisdicción, también puede ser necesario obtener su consentimiento para la adopción. Esto suele aplicarse a partir de una edad mínima establecida por la ley estatal —por ejemplo, 12 años en algunos estados—, aunque el requisito varía según la jurisdicción.
¿Qué pasa si uno de los padres biológicos no consiente la adopción?
En este caso, la única alternativa para el potencial padre adoptivo es obtener una orden judicial, para terminar los derechos parentales del padre que no consiente el proceso de adopción.
Para terminar los derechos de un padre se debe demostrar una causa justificada, por ejemplo:
- Abandono. Ocurre cuando un padre o tutor abandona intencionalmente a un niño sin considerar su bienestar. Un juez puede revocar la patria potestad si el otro progenitor biológico ha incumplido continuamente la obligación de manutención o ha abandonado al niño durante un tiempo (de seis meses a un año en la mayoría de los estados).
- Incapacidad. Se considera que un padre es incapaz de ejercer su rol cuando es abusivo, negligente, tiene algún trastorno mental serio, es adicto al alcohol o drogas, o está en la cárcel. Para demostrar que el otro progenitor biológico no es apto, la mayoría de los tribunales estatales realizarán una audiencia de aptitud.
- Demostrar que no es realmente el padre biológico. Si la madre biológica puede demostrar, mediante pruebas de ADN u otras evidencias legales, que el otro padre no es el presunto progenitor, no será necesaria una audiencia de idoneidad ni el consentimiento del presunto padre para proceder con la adopción por parte de un padrastro o madrastra.
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