¿Qué es la Ley de Registros Abiertos del Personal?

El Capítulo 103.13 previene que el empleado actual o pasado tiene derecho de ver y copiar los registros por lo menos dos veces cada año de calendario. Si un empleado desea tener una copia de los registros, el empleador puede cobrar una cuota razonable por proporcionar tales copias, que no excederá del costo actual de reproducción. El empleador puede pedir al empleado que formule esta petición por escrito. Entonces, el empleador tiene siete (7) días hábiles para proporcionar al empleado la oportunidad de inspeccionar los documentos. Si un empleado está involucrado en una queja actual contra un empleador, el empleado puede hacer que el representante de su sindicato, o cualquiera otra persona designada, inspeccione esos registros que puedan tener relación con la resolución de la queja.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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