¿Quién está cubierto por la Ley sobre el Permiso de Abandono del Empleo por Razones Médicas y de Atención a la Familia?
Solamente los empleadores que tienen 50 ó más empleados en un sitio de trabajo, ó dentro de 75 millas, están cubiertos por la FMLA. Sin embargo, para que un empleado sea elegible, debe haber trabajado para el empleador por lo menos un año y debe haber trabajado por lo menos 1,250 horas (un promedio de 25 horas a la semana) durante el período de 12 meses previos. Un empleador puede negar el abandono a cualquier empleado clave que reciba un salario por arriba del 10% del de la fuerza de trabajo y cuyo abandono puede representar un daño económico para el empleador.
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