Derecho laboral y de empleo

La ley FMLA: Preguntas frecuentes

En este artículo

¿Puedo usar mis vacaciones o ausencia por enfermedad remuneradas en virtud de la versión revisada de la ley FMLA?

Sí.  Usted puede elegir utilizar sus vacaciones o ausencia por enfermedad remuneradas como ausencia en virtud de la ley FMLA (o Ley de Ausencia Familiar y Médica). Su empleador también puede hacer que utilice todo su tiempo remunerado cuando solicite tomar su ausencia en virtud de la ley FMLA antes de que pueda tomar cualquier ausencia no remunerada.

Según la versión revisada de la ley FMLA, ¿puede un padre tomarse un período de ausencia por el nacimiento de un hijo?

Sí.  En la medida en que su empleador se rija por la ley FMLA, un padre puede tomar hasta 12 semanas de ausencia por el nacimiento de su hijo y para cuidar a su esposa incapacitada por el embarazo o el nacimiento.

¿Puedo tomarme el período de ausencia en virtud de la ley FMLA si estoy embarazada o si he dado a luz a mi bebé?

Sí. En la medida en que su empleador se rija por la ley FMLA, usted tiene derecho a tomarse hasta 12 semanas de ausencia por afecciones de salud relacionadas con el embarazo o el nacimiento de su hijo. 

¿Cómo puedo saber si me certificación médica es suficiente como para tomarme el período de ausencia en virtud de la versión revisada de la ley FMLA?

Si su empleador considera que su certificación médica no es adecuada o no está completa a los fines de la ley FMLA, deberá especificar los problemas por escrito junto con su certificación médica y darle hasta 7 días para presentar otra certificación más completa y que sea adecuada.

¿Tiene un tribunal o el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos que aprobar todo acuerdo entre mi empleador y yo en caso de violación de la versión revisada de la ley FMLA?

No. Usted tiene libertad de llegar a un acuerdo en toda demanda por violación de la ley FMLA que podría tener contra su empleador, lo cual, por lo general, resulta en una renuncia de todos sus derechos a iniciar futuras acciones en contra de su empleador por esa violación a la ley.

Me estoy tomando más de 3 días de ausencia por una afección de salud grave por la cual estoy recibiendo tratamiento continuo en virtud de la ley FMLA, ¿hay un límite de tiempo en cuanto a las consultas por el tratamiento con mi profesional médico?

Sí. La primera consulta con el profesional médico debe ser dentro de los 7 días del comienzo del período de ausencia y debe tener, al menos, dos consultas por año con su profesional médico para el caso de tratamientos continuos o periódicos.

Según la versión revisada de la ley FMLA, ¿puedo ausentarme de mi trabajo si estoy enfermo?

Según la ley FMLA, usted es elegible para tomarse un período de ausencia de hasta 12 semanas si padece una afección de salud grave y crónica que lo ha dejado incapacitado o por la cual debe someterse a un tratamiento.

¿Con qué rapidez debe informarme mi empleador que puedo tomarme el período de ausencia en virtud de la versión revisada de la ley “FMLA”?

Excepto en circunstancias extraordinarias, su empleador debe decidir si es elegible para tomarse el período de ausencia en virtud de la ley FMLA dentro de los cinco días hábiles de la fecha en que usted ha solicitado dicha ausencia.

Si me estoy tomando más de 3 días de ausencia por una afección de salud grave en virtud de la versión revisada de la ley &FMLA&, ¿hay un límite de tiempo en cuanto a las dos consultas al profesional médico requeridas durante ese período de tiempo?

Sí.  La primera consulta con el profesional médico debe ser dentro de los 7 días del comienzo del período de ausencia y ambas visitas deben ser dentro de los 30 días del comienzo del período de ausencia.

¿Qué es una afección de salud grave en virtud de la versión revisada de la ley “FMLA”?

Una afección de salud grave es una enfermedad u otra afección médica, que podría ser mental o física, que requiere internación o tratamiento continuo por parte del profesional médico.

Si mi médico me limita a realizar trabajo liviano durante un período de tiempo, ¿ese tiempo cuenta como parte de mis 12 semanas del período de ausencia por una afección de salud grave en virtud de la versión revisada de la ley FMLA?

No.  La versión revisada de la ley FMLA establece claramente que todo período de tiempo durante el cual el empleado podrá realizar solo trabajos livianos no se considera como ausencia en virtud de la ley FMLA.

Según la versión revisada de la ley &FMLA&, ¿puedo tomarme el período de ausencia por horas extra que se me exige trabajar?

Sí.  Mientras que pueda proporcionarle a su empleador la certificación médica adecuada, usted podrá tomarse el período de ausencia en virtud de la ley FMLA por las horas extra que se le exija trabajar.

¿Puede negarme mi empleador la posibilidad de obtener el premio de asistencia perfecta si mis únicas ausencias fueron durante la ausencia en virtud de la ley FMLA?

Sí.  Un empleador puede negarle el premio a la asistencia perfecta aun cuando sus únicas ausencias fueron tomadas conforme a la ley FMLA.

¿Cómo puedo determinar si he trabajado 1250 horas en un período de 12 meses?

Su registro individual de horas trabajadas se usaría para determinar si ha trabajado 1250 horas en los 12 meses previos al comienzo de su ausencia en virtud de la ley FMLA. Como regla general, la información que aparece a continuación puede ser útil para estimar si ha cumplido con esta prueba de elegibilidad:

  • 24 horas trabajadas en cada una de las 52 semanas del año; o
  • más de 104 horas trabajadas en cada uno de los 12 meses del año; o
  • 40 horas trabajadas por semana durante más de 31 semanas (a lo largo de siete meses) en el año.

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