Leyes comerciales en Puerto Rico: pasos para empezar un negocio

Actualizado por Gricel Bermudez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 2 de agosto de 2026

Para empezar un negocio en Puerto Rico, por lo general se siguen varios pasos, como seleccionar una estructura legal, registrar la empresa, obtener los registros fiscales y patronales necesarios, tramitar los permisos según su caso y abrir una cuenta bancaria comercial.

A continuación, encontrará una explicación detallada de cada etapa del proceso.

Paso 1: Elegir el tipo de estructura para su negocio

En Puerto Rico puede elegir entre tres estructuras legales para su negocio:

  • Corporación (Inc. o Corp.): Esta es una entidad separada de usted como individuo, con más formalidades pero también amplia protección legal.
  • Compañía de Responsabilidad Limitada (LLC): Esta figura combina protección legal con menos trámites que una corporación tradicional.
  • Operar a nombre propio (sin incorporar). Si decide no formar una corporación ni una LLC, usted y el negocio son, legalmente, la misma entidad. Esto tiene dos consecuencias importantes:
    • Sus ingresos del negocio se declaran en su planilla de impuestos personal.
    • Si alguien demanda al negocio, también lo está demandando a usted. Es decir, su patrimonio personal (casa, ahorros, etc.) puede estar en riesgo, porque no hay separación legal entre usted y el negocio.

Las corporaciones y las LLC, en cambio, sí ofrecen esa separación; generalmente, si demandan al negocio, sus bienes personales están protegidos. 

Nombre comercial

Independientemente de la estructura que elija, puede registrar un nombre comercial o DBA (Doing Business As) para operar bajo un nombre distinto al de la entidad legal. Por ejemplo, una LLC llamada “ABC LLC” podría vender sus productos como “Sazón Boricua”. Un DBA no es una estructura legal ni afecta su protección de responsabilidad, solo es el nombre público bajo el cual opera. 

Riesgo de doble tributación

Las corporaciones declaran sus ingresos por separado, mediante una Planilla de Negocio. Esto puede generar lo que se conoce como doble tributación. El negocio paga impuestos sobre sus ganancias, y luego usted paga impuestos de nuevo sobre lo que reciba de esas ganancias. Por eso es importante llevar la contabilidad del negocio con mucho cuidado.

Si no está seguro de qué tipo de estructura le conviene, lo mejor es consultar con un abogado y un contador antes de registrar el negocio.

Paso 2: Registrar la entidad ante el Departamento de Estado

Este registro da existencia legal a una corporación o LLC; sin este paso, la entidad no está oficialmente constituida, sin importar lo que diga en sus documentos internos.

El registro se hace en línea a través del portal de Corporaciones del Departamento de Estado (estado.pr.gov):

  • Debe presentar el Certificado de Incorporación (para corporaciones) o el Certificado de Organización (para LLC). 
  • El proceso suele tomar entre 24 y 72 horas laborables una vez presentado electrónicamente.
  • La tarifa depende del tipo de entidad y se paga al momento de someter el registro, según el arancel vigente ($150 para una corporación y $250 para una LLC). Considere que estos montos se actualizan con frecuencia.

Toda corporación y LLC en Puerto Rico deben designar un agente residente con dirección física en la isla, responsable de recibir notificaciones legales en nombre del negocio. Puede ser usted mismo, otro miembro del negocio o un servicio de agente residente contratado.

Una vez aprobado el registro, el Departamento de Estado emite un certificado que confirma la creación oficial de la corporación o LLC. Este certificado será necesario más adelante para solicitar el EIN y para registrarse en el Departamento de Hacienda.

Paso 3: Solicitar el Seguro Social Patronal

El Seguro Social Patronal (Número de Identificación del Empleador, EIN) es el número que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) le asigna a su corporación o LLC para fines de identificación fiscal.

El seguro social patronal debe solicitarlo directamente al IRS. Este trámite es gratuito y lo necesita para registrarse en el Departamento de Hacienda y para abrir una cuenta de banco.

Paso 4: Registrarse con el Departamento de Hacienda

El registro en la tesorería estatal (Departamento de Hacienda) se hace en línea a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI):

  • Puede registrar su negocio como DBA (individuo) con su Seguro Social personal y un nombre comercial para su negocio.
  • También puede registrar una corporación o LLC con el Seguro Social Patronal (EIN). 

Luego de registrarse, recibirá una copia digital de su Registro de Comerciante. Después, el sistema le clasificará como:

  • Agente Retenedor (si cobra Impuesto sobre Ventas y Uso).
  • Agente no retenedor (si no lo cobra). 

Si su certificado dice “Agente No-Retenedor,” no es necesario rendir la Planilla Mensual. Si el registro dice “Agente Retenedor,” debe llenar la planilla mensual al Departamento de Hacienda.

Paso 5: Gestionar los permisos de operación necesarios

Dependiendo del tipo de negocio que vaya a abrir, es posible que necesite varios permisos antes de empezar a operar, como la patente, el permiso de uso, el permiso de bomberos y el certificado de salud.

Lo más recomendable es visitar la Oficina de Permisos del municipio donde estará su negocio y preguntar sobre los permisos que necesita para operar su negocio. En el caso del permiso de uso, el trámite puede hacerse ante la OGPe o en la oficina municipal correspondiente.

Los demás permisos como el de bomberos, el de salud ambiental y la certificación de exclusión categórica se tramitan a través de la Oficina de Gerencia de Permisos de Puerto Rico (OGPe), ya sea en persona o en línea a través del Single Business Portal.

Paso 6: Abrir una cuenta de banco para el negocio

Una vez que su negocio esté formalmente establecido, es recomendable abrir una cuenta bancaria separada para manejar sus cobros y pagos. El banco le pedirá su Registro de Comerciante de Hacienda para abrirla. 

  • Algunas cuentas comerciales bancarias exigen un balance mínimo mensual o cobran cargos por servicio, así que compare antes de elegir un banco.
  • Guarde todas las facturas de su negocio, tanto las que recibe como las que emite. Esta es la evidencia más simple de sus transacciones y le facilitará el trabajo a la hora de declarar impuestos. 
  • Contrate a un contador público autorizado para mantenerse al día con las leyes contributivas de Puerto Rico. Esto le puede evitar errores costosos y le ayudará a mantener su negocio en regla.

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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.