Tipos de robo en New Jersey
Por Carmen Reyes-Wolfe, J.D. | Revisado por Camila Laval, JD
Hay una estrecha relación entre el hurto y el robo. En Nueva Jersey, el hurto ocurre cuando hay una toma o control ilegal de la propiedad de otra persona con la intención de privar al dueño de sus derechos de propiedad indefinidamente. El delito se eleva a robo basándose en el uso de la violencia o la amenaza de la fuerza por parte del ladrón y otras conductas durante el curso del robo (o intento de robo) o inmediatamente después del acto.
Por ejemplo, coger el teléfono móvil de un individuo de su mesa con la intención de privarle del artículo es un hurto; sin embargo, amenazar a ese individuo con un cuchillo en un intento de llevarse el teléfono es un robo.
En otras palabras, el delito de hurto o robo se produce cuando una persona priva a otra de sus derechos de propiedad. Es decir, el hurto es similar al robo, otro delito contra la propiedad, pero en el robo se utiliza la fuerza.
En Nueva Jersey se utiliza el término hurto para tipificar los delitos de apropiación no autorizada que incluyen el hurto en tiendas, el robo mediante engaño y la extorsión. La mayoría de los delitos de hurto se clasifican en función del valor de la propiedad.
Robo de “disorderly persons” (alteración del órden público)
Los delitos de robo menos graves se clasifican como delitos de alteración del orden público. Las ofensas suelen ser robos menores que incluyen robos de propiedad valorada en menos de $200. Por lo contrario, un robo de segundo grado, una ofensa mucho más grave, implica propiedad valorada en $ 75 000 o más.
Sanciones por robo y hurto en Nueva Jersey
Lo siguiente explica las sanciones relativas a los cargos criminales por robo:
- Robo (delito de alteración del orden público): Castigado con hasta 6 meses de cárcel si se trata de un delito de alteración del orden público; castigado con hasta 30 días por un delito leve de alteración del orden público y posibles multas.
- Robo de cuarto grado: si el valor de la propiedad es por lo menos $ 200, pero menos de $500, se castiga con hasta 18 meses de cárcel y/o una multa de hasta $ 10 000 o el doble de la cantidad de la pérdida de la víctima, lo que sea mayor.
- Robo en tercer grado: Se castiga con una pena de prisión de 3 a 5 años y/o una multa de hasta $ 15 000, o el doble del importe de la pérdida de la víctima, lo que sea mayor. El importe de la propiedad es superior a $ 500, pero inferior a $ 75 000.
- Robo en segundo grado: Se castiga con una pena de prisión de entre 5 y 10 años y/o una multa de hasta $ 150 000 dólares o el doble del importe de la pérdida de la víctima, lo que sea mayor. El importe de la propiedad es de $ 75 000 dólares o más.
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