Violencia doméstica en Arizona

Actualizado por Gricel Bermudez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 1 de octubre de 2026

Si usted o alguien que conoce está viviendo una situación de violencia doméstica, la ley del estado de Arizona ofrece opciones relativamente rápidas y gratuitas para obtener ayuda y pedir protección. 

A continuación, se explica qué significa violencia doméstica (violencia intrafamiliar) según la ley de Arizona, cómo solicitar una orden de protección, qué sucede en el proceso judicial y qué recursos existen para las personas víctimas del delito de violencia doméstica.

Si está en peligro inmediato, llame al 911. La Línea Nacional de Violencia Doméstica está disponible las 24 horas al 1-800-799-7233.

Definición de violencia doméstica según la ley de Arizona

En Arizona, la violencia doméstica (domestic violence ) no es un delito con clasificación única, sino una designación (DV, por sus siglas en inglés) que se agrega a ciertos delitos, cuando ocurren entre personas con una relación específica. Esto está regulado por el Estatuto Revisado de Arizona (ARS) § 13-3601 (en inglés).

Un hecho se clasifica como DV cuando se comete un delito como agresión, violencia física, amenazas, intimidación, agresión sexual, acoso, daño criminal, allanamiento o conducta desordenada contra una persona que tiene una relación doméstica con el agresor, por ejemplo:

  • Cónyuges o excónyuges.
  • Personas que viven o vivieron juntas en el mismo hogar.
  • Personas que tienen un hijo en común.
  • La víctima está embarazada.
  • Parientes por sangre o por matrimonio (incluidos suegros, cuñados, etc.).
  • Personas en una relación romántica o sexual actual o pasada, aunque no haya habido convivencia ni compromiso formal (noviazgo), según los factores que evalúa el tribunal.

La designación puede aplicarse a delitos físicos o sexuales y a delitos como amenazas, acecho, acoso (stalking) o intimidación, aunque no haya contacto físico.

Un cargo con designación DV puede traer consecuencias adicionales al delito subyacente, como clases obligatorias sobre la violencia doméstica y restricciones de contacto con la víctima. En Arizona, una tercera condena por violencia doméstica en un período de 84 meses se considera violencia doméstica agravada; es decir, un delito grave o “felony” (ARS § 13-3601.02, en inglés).

Si el caso implica cargos penales, el individuo acusado de violencia doméstica puede enfrentar un proceso judicial independiente del civil. En este caso es recomendable consultar a un abogado de defensa criminal.

Órdenes de protección o de alejamiento para víctimas de violencia doméstica en Arizona

Una de las opciones legales más accesibles para una persona víctima de violencia doméstica es solicitar una orden civil de protección ante un tribunal (orden de restricción). En Arizona, esta solicitud no tiene costo y no requiere de un abogado para solicitarla.

El estado de Arizona ofrece dos tipos de órdenes, según la relación entre las partes. Ambas pueden emitirse en cualquier tribunal superior, municipal o de paz de Arizona, sin importar dónde vivan la persona que la solicita y la persona señalada por cometer el delito de DV.

Tipo de ordenCuándo se usa
Orden de Protección (Order of Protection)Relación doméstica o familiar (cónyuge, expareja conviviente, familiar, padre o madre del mismo hijo)
Interdicto contra el Acoso (Injunction Against Harassment)Relaciones sin vínculo doméstico, como vecinos, conocidos o compañeros de trabajo, cuando existe acoso

Quién puede solicitar una orden de protección en Arizona

Cualquier persona que tenga una relación doméstica con otra, según la definición del estatuto ARS § 13-3601 (en inglés), puede solicitar una orden de protección. Por ejemplo, cónyuges, exparejas que vivieron juntas, familiares o padres de un mismo hijo. 

Una persona sin ese tipo de relación, como un vecino o un excompañero de trabajo, podría solicitar en su lugar un interdicto contra el acoso. 

Cómo solicitar una orden de protección en Arizona

Las personas víctimas de violencia doméstica pueden iniciar el proceso de solicitud gratuito de la orden de protección de dos formas:

  1. En línea a través de AZPOINT (en inglés). Este es el sistema oficial del Poder Judicial de Arizona y ofrece una guía paso a paso para la petición. Después de completarla en línea, debe presentarse en un tribunal dentro de los 90 días siguientes para formalizarla.
  2. En persona. Acuda directamente a cualquier tribunal superior, municipal o de paz del estado y llenar el formulario impreso.

Cuando ya existe un caso familiar abierto entre ambas partes (como un divorcio o custodia de los hijos), la petición debe presentarse en el tribunal superior que lleva ese caso.

Órdenes de protección: proceso judicial y audiencias

La mayoría de las órdenes de protección se emiten el mismo día, sin necesidad de que la otra parte esté presente. Un juez revisa la solicitud y puede emitir la orden de inmediato si hay causa razonable. Si no la hay, debe desestimar la petición sin perjuicio, es decir, que puede presentarse de nuevo.

La orden de protección se hace efectiva cuando la persona señalada es notificada formalmente. Después de ser notificada, esa persona puede solicitar una audiencia para pedir que el juez modifique o anule la orden. En esa audiencia, el juez escucha a ambas partes antes de decidir si la orden se mantiene, se cambia o se anula.

Duración de las órdenes de protección en Arizona

En Arizona, tanto la orden de protección como el interdicto contra el acoso son válidos por un año a partir de la fecha en que la persona señalada fue notificada, no desde la fecha de emisión. Antes de que venza, la persona protegida puede solicitar una extensión si sigue existiendo riesgo.

Consecuencias por violar una orden de protección en Arizona

Violar los términos de una orden de protección en Arizona es un delito menor de Clase 1 (Class 1 misdemeanor). Esta es la categoría más grave de delito menor en Arizona. Las consecuencias pueden incluir:

  • Hasta 6 meses de cárcel.
  • Multas de hasta $2 500 más recargos.
  • Arresto sin orden judicial, si la policía tiene causa probable de una violación ocurrida en las 24 horas anteriores.
  • Imposición de cargos adicionales o más graves cuando la violación incluye un delito nuevo, como allanamiento o agresión.
  • Posible restricción federal para poseer armas de fuego mientras la orden esté vigente.

Si la persona contra quien se dictó la orden, a sabiendas, mantiene contacto prohibido con la persona protegida, estaría violando la orden incluso cuando el acercamiento lo inicia la otra persona. La orden de protección en sí es un proceso civil y no genera antecedentes penales. Sin embargo, violar la orden sí es un delito y puede generar antecedentes.

Asistencia disponible para personas víctimas de violencia doméstica

Además del proceso judicial, existen organizaciones estatales y nacionales que ofrecen apoyo confidencial, refugio y orientación legal básica sin costo:

Estas organizaciones no reemplazan a un abogado, pero pueden orientar sobre seguridad, vivienda temporal y sus próximos pasos legales.

Formularios y recursos oficiales del estado de Arizona

Estos son los sitios oficiales del Poder Judicial y la Legislatura de Arizona para solicitar una orden de protección, buscar formularios o consultar el texto de la ley:

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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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