¿Qué es una reunión de acreedores?
La reunión de acreedores es la única audiencia a la que deben asistir todos los deudores en un procedimiento de quiebra. Tiene lugar fuera de la presencia del juez y usualmente ocurre entre veinte (20) y cuarenta (40) días de la fecha de haberse presentado al tribunal la petición original. En los casos de los capítulos 7, 12 y 13, el fideicomisario asignado por el tribunal a nombre del fideicomisario de los Estados Unidos conduce la audiencia. En los casos del capítulo 11 en los que el deudor está en posesión y no se asigna ningún fideicomisario, un representante de la oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos conduce la audiencia. La audiencia permite que el fideicomisario ó la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos revise la petición del deudor y agende con el deudor cara a cara. El deudor es requerido para que conteste las preguntas, bajo pena de perjurio, concernientes a los actos del deudor, conducta, propiedades, responsabilidades, condición financiera y cualquier materia que pueda afectar la administración del patrimonio del deudor ó los derechos del deudor para descargar. Esta información facilita al fideicomisario ó al representante de la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos la comprensión de las circunstancias del deudor y facilita una eficiente administración del caso. Adicionalmente, el fideicomisario ó representante de la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos formulará preguntas para asegurar que el deudor comprende los aspectos positivos y negativos de presentarse en quiebra. La audiencia es conocida como la reunión de Acreedores porque éstos son notificados para que puedan asistir y preguntar al acreedor acerca de la ubicación y disposición de los activos y cualquier otro asunto relevante para la administración del caso. Sin embargo, los acreedores no necesitan asistir a estas audiencias y, en general, no se consideran que hayan renunciado a ninguno de sus derechos por no asistir a ellas. La audiencia dura usualmente unos pocos minutos y pueden continuar si el fideicomisario ó el representante de la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos no está satisfecho con la información proporcionada por el deudor. El fideicomisario ó el representante de la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos puede requerir que el caso de quiebra sea desestimado si el deudor no comparece y proporciona la información que se le solicite en la audiencia. El representante de la Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos también puede requerir que el tribunal ordene al deudor que coopere ó será considerado en desacato al tribunal por no querer cooperar.
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