Leyes de adopción en New York
Por Carmen Reyes-Wolfe, J.D. | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 5 de septiembre de 2025
¿Está considerando adoptar en el estado de Nueva York? Esta guía de Abogado.com ofrece información esencial para las futuras familias adoptivas sobre los requisitos legales, tipos de adopción disponibles, el proceso judicial y los derechos de las partes involucradas.
¿Quién puede adoptar en New York?
La ley de Nueva York permite que adopten:
- Adultos mayores de 18 años, sin importar su estado civil, identidad de género u orientación sexual.
- Parejas casadas, quienes deben presentar la solicitud en conjunto, salvo que estén legalmente separadas o hayan vivido separados por más de tres años.
- Menores emancipados, por matrimonio o por orden judicial, en casos excepcionales.
- Hermanos mayores, en circunstancias especiales, pueden adoptar a un hermano menor.
¿Quién no puede adoptar en New York?
En New York no pueden adoptar personas que:
- Tengan antecedentes penales graves, especialmente por delitos violentos, abuso infantil o relacionados con drogas.
- No aprueben el estudio del hogar, que evalúa la idoneidad del entorno familiar.
- No cumplan con el requisito de residencia mínima de tres meses en el estado antes de finalizar la adopción.
¿Quién puede ser adoptado en New York?
En New York pueden ser adoptados:
- Menores de edad, a partir de los 14 años con su consentimiento legal.
- Adultos, si existe una relación afectiva o de dependencia.
¿Cuáles son los tipos de adopción en New York?
New York reconoce varios tipos de adopción:
- Adopción por padrastro o madrastra: El cónyuge del padre o madre biológica puede adoptar legalmente al menor. Generalmente requiere el consentimiento del padre o madre biológico que no forma parte de la pareja adoptiva, salvo que sus derechos hayan sido terminados legalmente por el tribunal.
- Adopción a través del sistema de cuidado de crianza (foster care): Requiere contactar a una agencia de adopción autorizada por el estado o al Departamento Local de Servicios Sociales (LDSS). En la ciudad de Nueva York, se gestiona a través de la Administración de Servicios para Niños (ACS). Si el menor está bajo custodia estatal, la agencia puede solicitar la terminación de los derechos de los padres biológicos para permitir la adopción.
- Adopción privada: Se realiza mediante abogados o agencias de adopción autorizadas. Los padres biológicos deben renunciar voluntariamente a la patria potestad mediante un documento legal presentado ante el tribunal.
- Adopción internacional: Requiere cumplir con las leyes migratorias del país de origen y leyes estatales y federales de EE. UU. Los niños adoptados deben ingresar con una visa específica y no adquieren automáticamente la ciudadanía estadounidense.
Cada tipo de adopción tiene requisitos específicos. Se recomienda consultar con una agencia acreditada o con un abogado de adopciones para conocer los costos y el proceso legal aplicable.
¿Cuál es el proceso de adopción en New York?
El proceso de adopción en New York incluye los pasos siguientes:
- Contactar a una agencia autorizada.
- Asistir a una sesión de orientación.
- Presentar la solicitud de adopción.
- Verificación de antecedentes y estudio del hogar, realizado por un trabajador social.
- Participar en capacitaciones requeridas.
- Asignación del menor a la familia adoptiva y visitas supervisadas para facilitar el proceso de integración.
- Supervisión mínima de tres meses tras la colocación del menor en el hogar adoptivo.
- Finalización legal: El tribunal emite la orden judicial de adopción y se genera un nuevo certificado de nacimiento que convierte a los padres adoptivos en padres legales del menor.
Un abogado o profesional de adopción puede asistir en cada etapa del proceso.
¿Qué entidades gestionan las adopciones en New York?
Las adopciones en New York son gestionadas por:
- El Departamento Local de Servicios Sociales (LDSS).
- La Administración de Servicios para Niños (ACS) en la ciudad de Nueva York.
- Agencias de adopción autorizadas por el estado.
¿Puede revertirse una adopción en New York?
En New York no existe un proceso formal para revertir una adopción una vez finalizada. Por ello, es fundamental contar con asesoría legal desde el inicio.
¿Cómo puede ayudar un abogado de adopciones en New York?
Un abogado de adopciones en New York puede:
- Asistir en la preparación y presentación de la solicitud de adopción ante el tribunal de familia.
- Asegurar el cumplimiento de los requisitos legales según el tipo de adopción.
- Representar a la familia adoptiva en el proceso judicial.
- Gestionar trámites migratorios en casos de adopciones internacionales.
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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en adopción puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.