EE. UU. lanza programa piloto que pedirá fianza para visas
Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 8 de agosto de 2025
¿15000 dólares para venir a Estados Unidos temporalmente? Ese es el monto máximo que podrían cobrarle a alguien solicite visa para venir a Estados Unidos por tiempo limitado por turismo o negocios. La cifra es extremadamente alta para la mayoría de los mortales, especialmente si se toma en cuenta que los países a los que se les suele solicitar la visa de turismo o negocios son considerados “en vías de desarrollo”.
Si tú o un ser querido están considerando venir a EE. UU. y necesitan sacar visa, les recomendamos consultar con un abogado de inmigración, y preguntarse cuánto estarían dispuestos a pagar por una fianza para el viaje… y arriesgarse a que por algún motivo no se las devuelvan.
El equipo de Abogado.com leyó las 33 páginas del documento con los detalles del programa piloto (en inglés). Te lo resumimos en este blog post.
¿Qué es el Programa Piloto de Fianza para Visa?
Este programa es una prueba que lanzó el gobierno estadounidense con fecha de publicación del 5 de agosto de 2025.
Tomará efecto quince días después del 5 de agosto y estará vigente hasta un año después de la fecha de publicación, es decir el 5 de agosto de 2026.
El programa indica que se cobrará una fianza a modo de seguro a personas de ciertos países. El monto de la fianza será de $10000 aunque podría también ser de $5000 o $15000 dependiendo del caso.
¿Quiénes tendrían que pagar esta fianza?
La fianza aplicará a visitantes temporales que soliciten una visa por negocios o turismo (B-1/B-2) y que el gobierno identifique como provenientes de países con altas tasas de sobrepaso de estadía. También podrá exigirse cuando se estime que la información de verificación es insuficiente o si el solicitante obtuvo la ciudadanía mediante inversión sin cumplir con requisitos de residencia.
No habrá exenciones.
“Hasta 15 mil dólares” parece un rango amplio ¿Cómo se determinará el monto exacto?
El monto estándar que se espera que imponga el oficial consular es de 10 mil dólares. Sin embargo, este puede ajustarse en función de ciertos criterios:
Reducirse a 5 mil dólares si se considera que el solicitante no tiene capacidad económica para pagar la fianza completa, aunque sí pueda cubrir los gastos de su estadía en Estados Unidos.
Aumentarse a 15 mil dólares si se determina que el solicitante tiene vínculos significativos con Estados Unidos, según la “naturaleza y extensión de sus contactos en el país”.
Además, los oficiales consulares evaluarán todas las circunstancias, incluyendo información en la solicitud sobre el propósito del viaje, empleo, ingresos, habilidades y nivel de educación.
El documento oficial también afirma que la fianza funciona como una especie de “seguro”, basado en datos del Departamento del Tesoro y del Departamento de Seguridad Nacional sobre el costo de deportar a personas que permanecen ilegalmente en el país. Según estas agencias, dicho costo se estima en 17121 dólares por persona.
No es lo mismo que la fianza de inmigración
Es importante entender que aunque estemos hablando de una fianza y el tema sea una cuestión concerniente al Servicio de Inmigración y Aduanas no tiene nada que ver con la llamada fianza de inmigración. La fianza de inmigración es una cantidad de dinero que se paga al gobierno de los Estados Unidos para asegurar la liberación de una persona que ha sido detenida por las autoridades de inmigración (ICE), mientras espera su proceso legal en relación a su caso de inmigración.
¿Qué tan probable es que mi país sea incluido en esa lista?
La probabilidad aumenta si un número significativo de ciudadanos de tu país se están quedando más tiempo del que permiten sus visas. Para darte una respuesta más exacta, analizamos el último reporte oficial sobre estadías sobrepasadas (en inglés) publicado en 2023. Este documento proporciona una visión clara de qué países tienen los porcentajes y números más altos de personas que exceden el tiempo de estadía autorizado por sus visas.
La lista que compartimos a continuación comprende a países latinos hispanohablantes a cuyos ciudadanos se les requiere visa, es decir, que no están en el Visa Waiver Program o Programa de Exención de Visados. Básicamente, son todos los países hispanohablantes menos España y Chile. Además de los países con exención de visado, se excluye de este programa a México y Canadá.
Cantidad de personas con visa que excedieron su estadía, y el porcentaje correspondiente por país:
- Argentina: 5430 (0.97%)
- Bolivia: 3370 (5.41%)
- Colombia: 40,884 (4.33%)
- Costa Rica: 6,251 (2.33%)
- Cuba: 893 (7.69%)
- República Dominicana: 20,259 (4.59%)
- Ecuador: 14,104 (3.86%)
- El Salvador: 4,001 (1.76%)
- Guatemala: 5,599 (2.06%)
- Honduras: 10,337 (4.08%)
- Nicaragua: 2,796 (4.74%)
- Panamá: 1,225 (1.06%)
- Paraguay: 515 (2.64%)
- Perú: 6,200 (1.97%)
- Uruguay: 1,049 (1.89%)
- Venezuela: 21,513 (9.83%)
Es un poco confuso y controversial determinar qué sistema está usando el gobierno para medir exactamente los números o el porcentaje. Según lo descrito en la página 7 del documento oficial, y considerando que los dos primeros países incluidos en la lista, Malawi y Zambia, tienen tasas de sobrepaso de estadía del 14% y 11% respectivamente, pero solo 237 y 388 personas afectadas, parecería que el criterio utilizado para decidir qué país incluir en la lista se basa en el porcentaje y no en el número absoluto de personas.
De todas formas, ambos sistems de medición podrían aplicarse y los interrogantes son muchos. ¿Por qué no se incluyeron a países con porcentajes aun más altos de sobrepaso de estadía? Laos, por ejemplo, tiene un porcentaje de sobrepaso de estadía de casi el 35 % y todavía no está en la lista. ¿Por qué no se usaría el criterio de número de personas si esto causa “más daño” en definitiva? Colombia, por ejemplo, tuvo un número altísimo de violaciones en el plazo de sus visas, unas 40 mil personas aproximadamente, y es el país con mayor número de personas sobrepasando sus visas.
Además están los temas de logística: los pagos se recibirán por www.pay.gov. Pero ¿cómo se devolverán estas fianzas? Se presume que será también por este portal, pero ¿en cuánto tiempo?.
Sí, sabemos que aquellos que pagan fianza deberán solicitar la cancelación pidiendo turno con el oficial consular fuera de los EE. UU., dentro de los 30 días a partir de su salida del país o antes de que expire su visa si no viajó. La fianza vale para una sola entrada.
Al margen de todos los interrogantes aun no resueltos, el mensaje del gobierno es claro: disuadir a extranjeros a que sobrepasen sus estadía.
Artículos relacionados
Newsletter
Suscríbase a nuestro boletín gratis y manténgase actualizado con nuestros últimos artículos.
Obtenga más información sobre el boletín de Abogado.com, nuestros términos de uso y política de privacidad. Este formulario está protegido por Cloudflare Turnstile.