¿Qué información se requiere que el cobrador informe al deudor?
Dentro de cinco días de haberse comunicado el cobrador, se le requiere que envíe la documentación relativa al monto de la deuda que tiene con el acreedor. El nombre del acreedor y la acción que se intentaría si el deudor no paga. El deudor debe insistir, en este punto, en que se le proporcione toda la información. Aún si el “deudor” sabe que no es su deuda, entre más información posea, será para él más fácil pelearla más tarde.
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