Una Sentencia de Sostenimiento
Una sentencia puede ser dictada contra el progenitor no custodio a menos que éste presente por escrito una contestación (defensa) ante el secretario del Tribunal Superior dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se le notificó una reclamación y una cita. Ver Si Se Presenta una Contestación. Esto ocurrirá tenga ó no un abogado el progenitor no custodio. Si al progenitor no custodio se le notifica un documento fijando la fecha de una audiencia en el tribunal, deberá comparecer ante el tribunal en la fecha señalada. Si el progenitor no custodio no comparece, todavía la orden será dictada por contumacia. >Es importante que el progenitor no custodio conteste cualquier aviso ó carta que reciba de la oficina del Fiscal de Distrito, ó de cualquier oficina, acerca de la paternidad ó de asuntos concernientes al sostenimiento de los hijos. No hacerlo podría dar como resultado consecuencias graves legales y financieras. >Si la orden establece una cantidad para el sostenimiento que el progenitor no custodio deba cubrir cada mes empezando en la fecha que se haya ordenado, entonces esa cantidad debe ser pagada mensualmente en la fecha ordenada. El tribunal puede calcular cuanto puede ganar un progenitor no custodio y basar la cantidad ordenada de sostenimiento que debe ser cubierta de acuerdo con esa estimación. El ingreso estimado de esta manera es llamado ingreso imputado. La cantidad puede ser cambiada después con base en el ingreso real del progenitor no custodio. Una cantidad de sostenimiento a los hijos debida y no pagada se llama atraso. A los atrasos en el pago del sostenimiento de los hijos se les cobra un interés a una tasa especificada en la ley. El interés se agrega automáticamente al atraso y la cantidad total debida del sostenimiento del hijo puede crecer rápidamente. >Para el progenitor no custodio que haya sido despedido de su trabajo ó al que le hayan reducido el pago, es importante que informe inmediatamente a laFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos y pida una revisión para modificar el monto del sostenimiento de los hijos a una cifra más baja. SilaFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos no puede presentar documentos para modificar la orden de sostenimiento rápidamente, el progenitor no custodio puede presentar sus propios documentos. Un facilitador de la ley familiar está disponible en el tribunal para ayudarlo. >Si el progenitor no custodio y laFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos pueden alcanzar un acuerdo acerca del sostenimiento y las solicitudes hechas en los documentos presentados, el progenitor no custodio puede manejar el asunto firmando un acuerdo llamado estipulación. Mediante la firma de una estipulación, el progenitor no custodio conviene en:
- Que él es el progenitor del(los) hijo(s);
- Que está obligado a pagar la cantidad correspondiente al sostenimiento dle hijo y proveer el seguro de salud establecido en la estipulación; y
- Que el tribunal puede expedir una orden ó sentencia basado en la estipulación sin necesidad de notificación previa.
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