Estoy seguro(a) de que la otra parte quiere pagar el sostenimiento. ¿Podemos hacer un convenio entre nosotros y presentarlo al tribunal?

Si usted no recibe Cal WORKS, usted y el otro progenitor pueden trabajar juntos con la FSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos, un abogado ó ustedes mismos pueden efectuar el convenio. Si el(los) hijo(s) recibe(n) Cal WORKS ó pagos por cuidados adoptivos, FSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos participará y firmará cualquier convenio y no aceptará una orden de sostenimiento por una cantidad menor que la que resulta de acuerdo con los lineamientos respectivos.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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