¿Se permite que un empleador adopte políticas que dispongan que no pagará por retiro, renuncia o despido por días no utilizados de enfermedad, personales o vacaciones?
Última actualización 19 de agosto de 2026
En relación con los días no utilizados por enfermedad y los días personales, un empleador puede disponer que éstos no serán pagados al cesar el empleo. Un empleador también puede disponer que tal pago no será efectuado si un empleado renuncia sin dar aviso por escrito con una anticipación de por lo menos diez (10) días o antes de la fecha de su aniversario. En relación con los días no utilizados de vacaciones, dependiendo del estado, un empleador puede disponer que serán pagados al cesar el empleo si el empleado ha ganado la vacación de acuerdo con el margen de tiempo fijado en la política del empleador. Esto también permitirá al empleador disponer que el pago de la vacación no se ganará (o pagará) antes de la fecha del aniversario del empleado.
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