¿Cuáles son las sanciones por las violaciones al trabajo de los niños?
Un delito de acuerdo con esta Ley es un delito menor Clase B con la excepción de aquel consistente en emplear a un menor para vender o solicitar, que constituye un delito menor Clase A. Es una defensa en el procesamiento de una persona que emplee un niño que no reúna el requisito de la edad para la clase de empleo, que la persona descansó en la buena fe o en un certificado aparente de edad presentado por el niño que mostraba que reunía el requisito de la edad para esa clase de empleo. En adición a la sanción penal antes señalada, si un empleador viola las disposiciones de esta Ley, la Comisión puede imponer una sanción administrativa contra el empleador en un monto que no exceda de $10,000. Cualquier violación o imposición de una sanción de acuerdo con esta disposición de la Ley del Trabajo de los Niños puede ser apelada ante el examinador de las audiencias de la Comisión de la Fuerza Laboral de Texas. Dentro de no más de los 30 días siguientes después de que la orden de la Comisión imponiendo una sanción sea final, el empleador puede presentar una petición para la revisión judicial de la orden.
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