¿Existen sanciones para los empleadores que no pagan?
Si la Comisión determina que un empleador ha actuado de mala fe al no pagar los salarios como lo establecen los ordenamientos, la Comisión puede imponer sanciones administrativas contra los empleadores por el monto de los salarios reclamados o $1,000, lo que sea menor. Sanciones por la misma cantidad pueden imponerse a un empleado que presenta una reclamación salarial de mala fe. Un empleador comete un delito que es una felonía de tercer grado si contrata o intenta continuar empleando con la intención de evitar el pago de los salarios que le adeuda y si el empleador no cumple después de habérsele ordenado el pago de esos salarios.
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