¿Mi empleador debe proporcionar períodos de descanso y para alimentos?
La ley del Estado requiere que cada empleado programado para trabajar seis (6) horas consecutivas debe tener un período de treinta (30) minutos para descanso o alimentos, excepto que el ambiente del lugar de trabajo sea tal por naturaleza que proporcione amplia oportunidad para descansar o tomar un espacio apropiado. Ni la ley del Estado ni la Federal requiere que los empleadores proporcionen descansos de 10 o 15 minutos. En consecuencia, no otorgar un descanso es una violación a la ley Estatal solamente.
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