Todos los empleadores tienen la obligación de reportar a los empleados nuevos contratados así como a los recontratados al directorio del Estado dentro de los 20 días siguientes a la fecha de contratación. El reporte de las nuevas contrataciones agiliza el ingreso del sostenimiento a los hijos de sus progenitores mediante el proceso que ordena la retención de salarios, expedita el cobro del sostenimiento de los hijos de progenitores que cambian de trabajo frecuentemente, y localiza rápidamente a los progenitores no custodios a fin de establecer la paternidad y las órdenes de sostenimiento a los hijos.
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