¿Cuándo Debo Presentar Mi Reclamación Inicial De Los Beneficios Por Desempleo?

La elegibilidad para el seguro de beneficios por desempleo no puede ser determinada hasta que usted, de hecho, presente una reclamación. Si usted no está empleado, presente su reclamación tan pronto como sea posible, dado que su elegibilidad empieza la semana en la que usted presenta su reclamación. Su reclamación entra en vigor el domingo de la semana en la cual usted solicita los beneficios.

La Oficina del Seguro por Desempleo lleva a cabo casi todos los asuntos por teléfono. Las reclamaciones pueden ser presentadas por teléfono o bien, usted puede escoger presentarla en línea. El(los) número(s) telefónico(s) para presentar una reclamación están listados en la Página Principal del Seguro por Desempleo.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

Videos de derecho laboral y de empleo