¿Cómo, cuánto y cuándo sabe un empleador el monto de lo que debe retener?

La retención debe iniciarse a más tardar el primer período de pago que ocurra dentro de los 14 días hábiles siguientes a la fecha en que el aviso fue enviado por correo, fax o entregado personalmente al empleador. El aviso informa al empleador el monto de lo que debe retener. El pago retenido debe ser enviado dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha que se indique en el aviso.

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