¿Los contratistas independientes están cubiertos por el seguro de desempleo del Distrito de Columbia

Un contratista independiente trabajando como un individuo no está sujeto a la cobertura de la ley del seguro de desempleo de DC. Sin embargo, si un individuo desempeña un trabajo para usted como un empleado más que como un contratista independiente, usted es responsable de pagar los impuestos por desempleo sobre los salarios del empleado. Las reglas ordinarias del derecho consuetudinario relativas a “amo y siervo” se aplican en la definición de empleadores y empelados. DOES determina quién es un empleado y quién es un contratista independiente. Las consideraciones incluyen:

  • quien tiene el derecho de supervisar, acerca de los medios por los cuales deberá ser hecho el trabajo de intermediación;
  • cuál es el método de compensación;
  • ¿el individuo que proporciona el servicio se encuentra vinculado en un comercio independiente, negocio, profesión u ocupación?

Si usted emplea un individuo en el Distrito de Columbia sin registrarse con DOES y subsiguientemente usted es determinando como un empleador responsable, usted será responsable por los impuestos atrasados, más intereses y multas, a partir del momento en que usted empezó a pagar salarios en DC.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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