Como propietario único, ¿necesito reportar mis salarios y los de mi esposa o mis hijos?
No. Sus salarios no están cubiertos por la ley del seguro del desempleo del Distrito de Columbia. El empleo de su cónyuge y/o sus hijos menores de 21 años de edad está exento de la cobertura. Si usted emplea a sus hijos que tengan 21 años de edad o más y/o alguna otra ayuda, usted debe reportar el empleo de estas personas.
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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.