De acuerdo con la Ley POBAR ¿el funcionario tiene derecho a ser representado?

De acuerdo con POBAR, a la presentación de una declaración formal por escrito de cargos, o cuando un interrogatorio se enfoca en asuntos que pueden dar como resultado una acción punitiva, ese funcionario tiene derecho a un representante de su elección quien puede estar presente todas las veces en los interrogatorios. El representante no debe ser alguien sujeto al mismo interrogatorio. Generalmente, si el funcionario siente que bajo circunstancias particulares que los asuntos discutidos pueden conducir a una acción punitiva, entonces el funcionario tiene derecho a solicitar un representante. Si el empleador sabe que el asunto discutido pudiera conducir a una acción punitiva, debe proporcionar al empleado un aviso por escrito adecuado siguiendo los lineamientos de POBAR. La determinación acerca de la representación es juzgada sobre una base de caso por caso. Aunque la determinación es subjetiva para el funcionario, los tribunales utilizan una persona estándar razonablemente objetiva para evaluar las circunstancias. Para el empleador, es mejor equivocarse al permitir una representación para evitar la contaminación de la investigación y evitar cualquier violación a POBAR y cargos laborales injustos. Si el funcionario no está seguro acerca de solicitar o no la representación, el funcionario debería equivocarse del lado de solicitar la representación y/o contactar con su sindicato.

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