Pagos atrasados

Un arrendador puede imponer, de acuerdo con su convenio de renta, un cargo por retraso $15 o 5 porciento de la renta, pero no más. Una cuota por retraso puede ser impuesta solamente una vez por cada pago de la renta atrasado y no puede ser deducido del pago de una renta subsiguiente que cause la falta del pago completo de la renta subsiguiente.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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