¿Se puede exigir a los inquilinos que hagan las reparaciones?

La Sección 1941.2 del Código Civil de California, requiere que los arrendadores hagan la reparación de todos los daños de que, ellos o sus huespedes, resulten responsables de haberlos causado. Los arrendadores son responsables de todas las demás reparaciones que deban hacerse según aviso del inquilino.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.