¿Quién es responsable si un empleado marítimo es lesionado por un Acto de Dios?
El trabajo marítimo es inherentemente peligroso y los empleados que resultan lesionados por un Acto de Dios pueden no recuperar los daños de parte de su empleador. Usualmente se define un Acto de Dios como un evento extraordinario e inesperado y puede incluir cosas tales como un terremoto, un tornado o un huracán. Al determinar si un evento particular fue un Acto de Dios, muchos tribunales considerarán si un empleado marítimo hizo un esfuerzo para escuchar las previsiones y advertencias del tiempo y tomó las precauciones de seguridad razonables en relación con lo que hayan anunciado dichas advertencias y previsiones.
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