¿Está permitido que un empleador me diga que no me contratará debido a mi religión?
Los empleadores no pueden tratar a los empleados o solicitantes más o menos favorablemente debido a sus creencias o prácticas religiosas, excepto en la medida en que el acomodo religioso esté justificado. Por ejemplo, un empleador no puede rehusarse a contratar a los individuos de una determinada religión, no pueden imponer requisitos estrictos para la promoción de las personas de cierta religión, y no pueden imponer más o diferentes requisitos de trabajo a un empleado debido a las creencias o prácticas religiosas de dicho empleado.
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