¿Debes pagar el "pet fee" si tienes un perro de apoyo emocional?
Por Mairim Gomez | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 29 de mayo de 2025
Tu contrato de arrendamiento incluye un recargo por tener mascotas (pet fee), pero tú tienes un perro de apoyo emocional. ¿Estás obligado a pagar esa tarifa? ¿Cuál es la diferencia entre un “animal de apoyo emocional” y una “mascota”?
La Ley de Vivienda Justa (FHA), también conocida como Ley de Equidad en la Vivienda, protege a las personas con discapacidades que necesitan animales de asistencia, incluyendo aquellos que brindan apoyo emocional. Los animales de asistencia no se limitan solo a perros. También pueden ser gatos, aves u otro animal que cumpla una función de apoyo emocional documentada.
Esta protección aplica incluso si el contrato prohíbe mascotas o impone tarifas adicionales. Sin embargo, ciertos tipos de viviendas no están cubiertos por la FHA:
- Viviendas de alquiler de cuatro unidades o menos, cuando una de ellas esté ocupada por el propietario.
- Casas unifamiliares vendidas o alquiladas por el propietario sin la utilización de un corredor.
- Viviendas propiedad de clubes privados u organizaciones religiosas que restringen la ocupación de las unidades de vivienda a sus miembros.
- Ciertos alojamientos temporales.
¿Un animal de asistencia es una mascota?
No. Si un animal cumple una función de asistencia, ya sea física o emocional, legalmente no es una mascota.
Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos, un animal de asistencia presta servicio o realiza tareas para el beneficio de una persona con discapacidad, o brinda “apoyo emocional para aliviar uno o más efectos identificados de la discapacidad de una persona”.
Al no ser una mascota, no te pueden aplicar el “pet fee”, ni estás sujeto a restricciones de raza, especie o peso del animal. Sin embargo, el animal no puede ser una molestia para los demás inquilinos. Así que asegúrate de que tu animal de apoyo emocional no provocará problemas a los vecinos ni al propietario.
Según lo establecido por la FHA, el arrendador debe realizar adaptaciones razonables. Eso sí, debes tener una carta médica válida que lo justifique y tú serás responsable de cualquier daño causado por el animal.
Adaptaciones razonables: qué significa
La ley establece que el arrendador debe realizar adaptaciones razonables para un animal de asistencia, siempre que no provoque dificultades excesivas ni ponga en peligro la seguridad.
Los inquilinos con discapacidades pueden solicitar una modificación en una unidad de alquiler para su bienestar; sin embargo, todas las modificaciones están sujetas a la aprobación del propietario.
Si esa modificación provocará incomodidad o una condición inapropiada para un eventual nuevo arrendatario, el propietario puede poner como condición para aceptar la modificación que restaures la unidad a su condición original antes de irte.
Esto significa que, si haces algún cambio en la unidad para poder tener a tu animal de servicio, el arrendador puede exigirte que deposites dinero en una cuenta de depósito en garantía.
Cómo te protege la ley
La FHA regula las adaptaciones para personas con discapacidad en el ámbito de la vivienda, mientras que la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, ADA, (en inglés), regula las adaptaciones para personas con discapacidad en el ámbito público (trabajo, edificios gubernamentales, etc.). Las disposiciones de la FHA para animales de asistencia también se aplican a la vivienda pública.
La ADA es más restrictiva en cuanto a la definición de animal de servicio. Algunos arrendadores intentan usar esta ley para negar adaptaciones relacionadas con animales de apoyo emocional. Esto es un error legal y denegar adaptaciones razonables bajo ese contexto puede constituir una violación de derechos.
¿Tienes un animal de apoyo emocional y estás teniendo problemas con tu arrendador?
Si tienes problemas con tu arrendador por tener un animal de apoyo emocional y consideras que tus derechos establecidos en la FHA no han sido respetados, puedes presentar una queja formal ante la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades (en inglés)
Recuerda, un animal de asistencia no es una mascota. Un abogado con experiencia en leyes de vivienda justa también puede asesorarte. Consigue uno cerca de ti que hable español.
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