¿Puede un cobrador ó acreedor llevar al deudor al tribunal para tratar de cobrar una deuda?
Si el deudor recibe un citatorio para que acuda al tribunal, debe comparecer en la fecha de la audiencia, ó comunicarse con el tribunal con anticipación para explicar por qué no puede acudir. Puede que tenga que dar otros pasos específicos para obtener que la fecha sea cambiada. Si el deudor no lo hace y no comparece ante el tribunal en la fecha de la audiencia, perderá “en rebeldía” sin tener oportunidad de explicar su posición.
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