¿No tengo que pagar por el tiempo en que el trabajador "espera que le llamen "?

Esta no es una pregunta fácil de contestar. Algunos tiempos de espera a que le llamen se deben pagar y otros no. Cuando esté tratando de determinar si necesita que le paguen cuando está en ese tiempo de espera, usted necesita ver su libertad de perseguir sus propios intereses mientras esta en “espera de ser llamado.” Si a usted se le requiere llevar consigo un avisador (beeper) pero está en libertad de perseguir sus propios intereses, usted no puede exigir que se le pague hasta que tenga que responder esa llamada. Si se requiere que usted permanezca en el lugar del negocio de su empleador y no se le permite perseguir sus propios intereses tales como leer, visitar a otros, escuchar el radio, etc., su empleador estará obligado a pagar por este tiempo en espera.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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