Mi empleado trabajó 42 horas en un período de cinco días de jueves a lunes. ¿Es acreedor al pago de dos horas extras?
No necesariamente. La respuesta depende del número de horas que el empleado trabajó durante su semana de trabajo. Una “semana de trabajo” es un período recurrente regularmente de siete períodos consecutivos de 24 horas. Puede empezar cualquier día y hora que el empleador escoja siempre que se repita sobre una base regular. La semana laboral del empleador no necesariamente es la misma de la programada al trabajo de un empleado individual. Si su semana laboral va de domingo a sábado, por ejemplo, su empleado puede haber trabajado menos de 40 horas durante ese período.
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