¿Existen restricciones en cuanto a las horas que un menor puede trabajar?

Si están sujetos a las leyes Federal o Estatal, los menores de catorce y quince años de edad no pueden ser empleados:

  1. durante las horas de escuela. (Se previene una excepción para los menores empleados con el propósito de adquirir experiencia en el trabajo y explorar una carrera programa {WECEP}.)
  2. Antes de las 7 AM o después de las 7 PM, excepto del 1 de junio hasta el Día del Trabajo, en que las horas por la noche se extienden hasta las 9 PM.
  3. Más de tres horas por día, en días de escuela.
  4. Más de ocho horas por día en días en que no hay clases.
  5. Más de 18 horas por semana, en semanas en que haya clases.
  6. Más de 40 horas por semana, en semanas en que no haya clases.

Si está sujeto solamente a la ley estatal solamente los menores de 13, 14 y 15 años de edad no serán empleados:

  1. Durante horas de escuela.
  2. Antes de las 7AM o después de las 9PM.
  3. Más de 3 horas por día en días de escuela.
  4. Más de 8 horas por día en días sin escuela.
  5. Más de 23 horas por semana en semanas de escuela.
  6. Más de 48 horas por semana en semanas sin escuela.

Los menores de dieciséis y diecisiete años de edad debidamente inscritos en la escuela pueden no ser empleados:

  1. Más de 6 días consecutivos, ni más de 30 horas por semana durante semanas del calendario escolar (domingo a sábado).
  2. Más de 6 días consecutivos ni más de 48 horas por semana durante semanas de vacaciones escolares o vacaciones de verano (1 de junio hasta el Día del Trabajo).
  3. Más de 10 horas por día en la manufactura ni más de 10­1/4 horas por día en labores manuales o mecánicas, ni más de 8 horas por noche, si trabajan turno nocturno.

Si usted tiene 16 o 17 años de edad y no está inscrito en la escuela, usted no podrá ser empleado:

  1. Más de 10 horas por día en la manufactura, ni más de 48 horas a la semana.
  2. Más de 10­1/4 horas por día en labores manuales o mecánicas, ni más de 54 horas por semana.
  3. El trabajo nocturno está restringido a no más de 8 horas por turno y 48 horas por semana.

(Cuando un menor esté empleado en el mismo día o semana por más de un empleador en labores manuales o mecánicas, el tiempo total de empleo no excederá el permitido por día o semana en un solo empleo.)

Encuentre un abogado destacado en Derecho laboral y de empleo cerca de usted

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en derecho laboral y de empleo puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.

Videos de derecho laboral y de empleo