¿Los menores tienen prohibido trabajar en ciertas ocupaciones?

Las ocupaciones prohibidas a los menores de 18 años de edad, son las siguientes:

  • Servir, dispensar o manejar licores intoxicantes que sean consumidos en los locales;
  • Trabajar en salones donde el licor es servido o consumido, con las siguientes excepciones: Los menores que tengan 17 años de edad pueden desempeñar deberes de lavado o transporte en un restaurante y los de 16 y 17 años pueden proporcionar entretenimiento musical en un restaurante;
  • Servir o vender licores intoxicantes en un establecimiento de licores al menudeo por menores de 18 años de edad;
  • Donde los químicos u otras sustancias están presentes a temperaturas excesivas o lesivas, en cantidades inflamables, tóxicas o explosivas;
  • Donde los fuegos artificiales o explosivos se manufacturan, almacenan, manejan o encienden;
  • En o entorno a operaciones con la madera o maderería; molinos de papel; molinos de sierra, molinos de lata, molinos de tablillas; minas, fosos de piedra y arena o grava; proyectos de edificación o construcción; operación de recolección de hielo;
  • En el mantenimiento o reparación de edificios con altura superior a 12 pies sobre la tierra o el piso;
  • En soldadura de hidrógeno o acetileno;
  • En botes o barcos utilizados para propósitos comerciales, excepto en operaciones de guía u otros deberes no operacionales;
  • Manejo como conductores de autobuses, taxis u otros vehículos que transporten pasajeros;
  • En ciertas ocupaciones en ferrocarriles;
  • Operación o asistencia en la operación de maquinaria movida por energía, tal como montacargas, sierras y picadoras de carne, máquinas de molienda, prensas perforadoras, prensas de cizallas o frenos, maquinaria para trabajar la madera;
  • Operación de elevadores no automáticos, máquinas para levantar o elevar;
  • Operación, erección o desmantelamiento de paseos o maquinaria en un parque de diversiones, carnaval callejero o espectáculos itinerantes, o en la carga o descarga de pasajeros en viajes;
  • En actos aéreos o acrobáticos;
  • Como salvavidas, excepto para los menores que tengan un certificado de salvavidas de la Cruz Roja que trabaja bajo la supervisión ininterrumpida de un adulto.

Ocupaciones prohibidas para menores de 16 años de edad:

En adición a todas las anteriores:

  • Operar o asistir en la operación de maquinaria;
  • Lavandería, limpieza de tapetes o equipos de limpieza en seco;
  • Dispersores de nieve movidos por energía, cortadoras de pasto o equipo de jardinería;
  • Prensas de perforación, máquinas de molienda, cribadoras, maquinaria, tornos y maquinaria portátil movida por energía tales como barrenas, lijadoras y equipo de raspado y pulido para el mantenimiento de pisos;
  • Cortadoras de carne, máquinas manufactureras de textiles o maquinaria de panadería;
  • En el engrase, limpieza o mantenimiento de cualquier maquinaria movida por energía;
  • Trabajos en fosas, potros o aparatos de levantamiento en las estaciones de servicio o en el montaje de llantas y rines;
  • En el lavado de automóviles para enganchar o desengancharlos de bandas transportadoras mecanizadas u operar o hacer contacto con un automóvil mientras se encuentra conectado a una banda transportadora;
  • En cualquier operación agrícola declarada por el Secretario del Trabajo de los E.U. como particularmente riesgosa para que sea realizada por niños menores de 16 años de edad;
  • En o cerca de una pista o hangar de mantenimiento;
  • Como ayudante externo en un vehículo de motor;
  • Soldadura, carga o disparo de objetos en prácticas de tiro, plantas de fabricación, procesamiento o almacenamiento comercial;
  • Levantamiento, conducción o cuidados a pacientes en hospitales o asilos;
  • Entrar en congeladoras o enfriadoras de carne, excepto cuando son entradas ocasionales.

Excepciones:

  • un menor de 17 años de edad graduado de secundaria;
  • Un menor empleado por un negocio que pertenezca solamente a uno o ambos progenitores y supervisado diariamente;
  • Un menor participante en programas de aprendizaje aprobados por el Estado o en un programa aprobado por el Departamento de Niños, Familias y Aprendizaje de Minnesota;
  • Un menor empleado en tareas ubicadas en lugares alejados o fuera de operaciones, equipos o materiales riesgosos.

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