¿Qué pasa si se me otorga una recompra?
Si se le otorga una recompra de su vehículo, el árbitro determinará su reembolso con base en lo siguiente:
- si usted compró el vehículo, se le devolverá el precio en efectivo del vehículo en el convenio de la venta (menos cualquier descuento del fabricante) – si usted tiene un saldo del préstamo, se le pagará al prestamista de su devolución;
- si usted rentó el vehículo, se le devolverá el total de todos los pagos de la renta que haya hecho, incluyendo el pago inicial y los depósitos de seguridad (sin incluir descuento alguno del fabricante) – el fabricante será responsable de cualquier obligación remanente del préstamo.
NOTA: si usted es un segundo o posterior dueño, un fallo por recompra se basará en su precio de compra – no en el precio de compra del dueño original.
Las siguientes clases de puntos también serán incluidos en un reembolso en el caso de un vehículo comprado o rentado:
- cargos colaterales – cargos relacionados con la venta o renta, incluyendo los impuestos de uso y venta, cargos financieros, pagos de renta inicial y mensuales, cargos de preparación y distribución del distribuidor, licencia prorrateada, cuotas de registro y título, costos prorrateados del seguro, partes no reembolsables del crédito de vida y seguro de incapacidad, contratos de servicio, pintura anticorrosiva, antioxidante y otras opciones instaladas en la fábrica o por el distribuidor;
- costos incidentales – gastos razonables pagados por usted relacionados con reparaciones incluyendo costos de arrastre y de la obtención de transportación alternativa.
- honorarios legales – si el fabricante fue representado por un consejero, el árbitro otorgará los costos razonables y los honorarios del abogado en los que pueda haber incurrido en relación con el proceso de arbitraje.
Su reembolso será el total de lo otorgado menos una compensación por el uso y menos cualquier interés del titular del derecho de retención en el vehículo. Si su vehículo es rentado, se otorgará el total del reembolso menos una compensación por el uso y el fabricante será responsable de pagar su obligación surgida por el préstamo.
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